Corrupción en los juzgados
En relación con el editorial de EL PAIS del pasado 4 de noviembre y demás artículos publicados sobre la justicia, quiero hacer las siguientes precisiones:1. Que estoy totalmente de acuerdo en que hay corruptela en muchos juzgados, y que quienes podrían combatirla, el Consejo General del Poder Judicial y el Ministerio de Justicia, no adoptan las medidas necesarias para evitarla.
2. Que, si bien contra este tipo de prácticas deberían adoptarse las medidas disciplinarias y penales pertinentes, la verdadera solución residiría en evitar sus causas, y éstas quedarían prácticamente erradicadas con reformas legales que suprimieran de una vez el tráfico dinerario en las oficinas judiciales. Solución deseable sería la
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gratuidad de la justicia, pero mientras esto no sea posible la solución inmediata vendría dada por la derogación del decreto de 18 de junio de 1959 de Tasas Judiciales, que impone el pago en metálico de las mismas en los juzgados (orden del Ministerio de Hacienda de 25 de junio de 1959), y sustituirlo por un sistema de autoliquidación en las oficinas de Hacienda. Pues bien, esto que es tan sencillo, quien puede no quiere ponerlo en práctica. ¿Por qué?
3. Que la tímida y reciente reforma de la ley de Enjuiciamiento Civil no ha suprimido las salidas, pues, si bien el artículo 261 establece como principio general que las comunicaciones que se practiquen fuera del juzgado se harán por correo, el mismo precepto recoge excepciones que limitan enormemente el alcance de esa regla.
Este breve espacio no me permite añadir, sino que sería deseable un debate más completo y profundo sobre la justicia en el que todos los sectores que la integramos pudiéramos contribuir a hacer de ella un auténtico servicio público, ágil, eficaz y transparente.- Ernesto Carlos Manzano.
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