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El Tribunal Central de Trabajo declara legal el canon sindical en los convenios

El Tribunal Central de Trabajo ha declarado legal la aplicación del canon de negociación en el convenio de hostelería de Lugo, en los términos en que fue firmado por empresarios y trabajadores, revocando la sentencia de la Magistratura número 2 de la capital lucense, que la había anulado a instancias de la Delegación de Trabajo de la Xunta de Galicia. El Tribunal Central de Trabajo estimó el recurso especial de suplicación interpuesto por la UGT de Lugo. Un portavoz de CC OO informó ayer a EL PAÍS que esta central recurrirá ante el Tribunal Constitucional.El establecimiento del canon de negociación, basado en el proyecto de ley de Libertad Sindical, que se encuentra en fase de aprobación parlamentaria, se impuso por primera vez en Lugo en el convenio de hostelería, que fue firmado el 1 junio de este año a instancia de UGT, suscribiéndolo también en principio la Asociación Provincial de Hostelería y CC OO. Poco después, estas dos últimas organizaciones se opusieron, alegando que no se habían apercibido del contenido en el momento de la firma. El día 8 de este mismo mes fue presentado en la Delegación de Trabajo de la Xunta de Galicia, pero la autoridad laboral remitió el texto a Magistratura haciendo constar que la disposición transitoria referente al canon de negociación conculcaba la legalidad, puesto que era una cláusula que regulaba una situación de futuro y se estaban otorgando efectos retroactivos a un proyecto de ley.

El Tribunal Central de Trabajo ha acogido ahora favorablemente la tesis de UGT y señala en uno de sus considerandos que en la fecha en que las partes firmaron el convenio ya se había publicado en el Boletín Oficial de las Cortes el proyecto de ley de Libertad Sindical. Aunque esta sentencia del tribunal central establece el cobro del canon de 1.500 pesetas por trabajador, éste no podrá ser aplicado hasta que la ley orgánica entre en vigor, tal y como se recoge en la sentencia. La Magistratura de Trabajo de Lugo anuló también recientemente otro canon similar e,stablecido por el sector de confiteros.

CC OO recurrirá

Un portavoz de CC OO de Lugo aseguró ayer a este diario que la central sindical recurrirá ante el Tribunal Constitucional, porque "considerarnos que nadie puede ser obligado a afiliarse a un sindicato y, en consecuencia, y con mayor motivo, no se puede obligar a ningún trabajador a contribuir económicamente a una central a la que no está afiliado, pues en tal caso se le imponen sólo las cargas propias de la afiliacion, sin posibilidades de gozar de los beneficios que ésta conlleva".El portavoz sindical señaló también que "es absurdo pretender que un convenio pueda regular materias de régmen jurídico interno que ligan a un sindicato con sus afiliados o con trabajadores no afiliados a él. Las centrales debemos conseguir credibilidad y convicción con nuestros actos y no obligar a pagar una cuota contra la voluntad del trabajador".

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