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El primero de los juicios de los pilotos despedidos se celebró ayer

El comandante de vuelo de Iberia, Carlos Pérez Caballero, despedido por la compañía el pasado 19 de junio por retener en el avión a los pasajeros del vuelo Madrid-Oviedo, actuó de acuerdo con las normas de vuelo y no mantuvo a los usuarios dentro de la nave más de 10 minutos, según la mayoría de los testigos presentados ayer ante Juan José Martín Casallo, titular de la Magistratura número 9 de Madrid, que entiende en la demanda interpuesta por el piloto despedido. El letrado Manuel Alonso, defensor del citado comandandante de vuelo, ha pedido que se declare radicalmente nula la actuación de Iberia y, en último caso, el despido sea declarado improcedente.La vista por el despido de Pérez Caballero ha sido la primera celebrada por las sanciones impuestas por Iberia a lo largo del conflicto que enfrentó durante los meses de junio y julio pasados a la compañía con el colectivo de pilotos. Según se hizo público en su día, el comandante Pérez Caballero mantuvo a los pasajeros del vuelo Madrid Oviedo -por un tiempo que los testigos ayer no calcularon en más de 10 minutos- a causa de una avería del grupo que aporta energía al avión cuando éste se encuentra en tierra.

Según Iberia -y así lo manifestó el letrado de la compañía, José Luis Poyal- no hubo causa alguna que justificara la demora en la apertura de las puertas del avión y la actitud del comandante respondía a su deseo de provocar conflictos en la huelga que en aquel momento estaban llevando a cabo los pilotos. Manuel Alonso, en representación de Pérez Caballero, afirmó que el despido tenía como objeto vaciar de contenido la huelga legal, por lo que debía declararse radicalmente nulo, y en cualquier caso, de forma subsidiaria solicitó que se considerara improcedente por entender que la actuación del comandante no constituía objeto de sanción.

Espera de 10 minutos

Los testigos aportados por la defensa coincidieron en señalar la avería y, sobre todo, que la espera no fue en ningún caso superior a los 10 minutos. La auxiliar de vuelo reveló que los pasajeros que rompieron una de las ventanillas y salieron del aparato por la puerta de emergencia, habían desobedecido con la expresión "no me da la gana" las instrucciones de que dejaran de fumar, al permanecer el avión con una de las turbinas encendidas.Incluso los testigos aportados por la empresa coincidieron en que lo normal, en caso de avería del grupo que aporta energía al avión, era solicitar un grupo de tierra. Únicamente hubo discrepancias en cuanto a si el primero de los grupos suministrados estaba "fuera de normas" como afirmó el técnico de vuelo y que aumentó el retraso en la apertura de las puertas. No obstante, el subdirector de mantenimiento de Iberia, citado como testigo por la empresa, afirmó que las puertas podían abrirse manualmente, aunque reconoció que para ello habría que haber apagado la turbina y haber suprimido la energía del aparato, salvo las luces de mergencia.

El juicio quedó visto para sentencia.

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