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Ventajas y desventajas del método D'Hondt

La Constitución obliga a elegir el Congreso de Diputados por un sistema de representación proporcional, mientras que no condiciona el método de elección del Senado. El Congreso ejerce el poder de control del Ejecutivo y el Gobierno es responsable ante el mismo. El Senado, en cambio, no puede exigir la responsabilidad del Gobierno y carece de capacidad para decir la última palabra sobre cada ley.El sistema proporcional utilizado hasta ahora para elegir el Congreso, incluye la fórmula D'Hondt como procedimiento para la disribución de escaños. Consiste, como es bien sabido, en dividir los votos de cada partido por los números naturales (1, 2, 3, 4...), y se van atribuyendo los escaños a los mayores cocientes resultantes. Esta operación se realiza en el marco de cada circunscripción, que es la provincia, de acuerdo con el mandato constitucional.

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Los partidos parlamentarios, excepto el PCE, están de acuerdo en mantener los criterios básicos de la actual normativa electoral

El procedimiento tiene variantes, hasta ahora no utilizadas en España. En lugar de dividir el número de votos por los números naturales, la serie de divisores puede ser 1, 4, 3, 5, 7... (método Lagüe), o la siguiente: 1, 4, 7 10... (método Danés), entre otras.

Los expertos han hecho valoraciones muy diversas de la influencia de cada fórmula en el resultado electoral. La denominada D'Hondt, de uso en España, Bélgica y República Federal de Alemania, entre otros países, ha sido acusada de fortalecer a los grandes partidos y disminuir la representación parlamentaria de los pequeños. Lo cierto es que la fórmula para la distribución de escaños tiene menos importancia que el número de diputados atribuidos a cada provincia, que es donde reside la clave de la desproporcionalidad advertida en el sistema español.

Las experiencias de otros países apuntan a que las variantes mencionadas -método Lagüe, método Danés- suelen reducir la sobrerrepresentación de los partidos más fuertes, distribuyen más proporcionalmente los escaños y dan alguna oportunidad mayor a los partidos pequeños. Todo ello matizado por otras muchas circunstancias de sistema electoral que son ajenas a la fórmula de distribución de escaños, pero que influyen tanto o más que aquella.

Para el Senado, las normas electorales vigentes en España fijan un sistema de mayoría relativa. Al parecer, se baraja la posibilidad de cambiarlo por un sistema proporcional, en que se aplicaría el método del "mayor cociente". Lo impreciso de la denominación impide acotar exactamente de qué se trata. En general, hay un sistema llamado de cocientes, o de resto mayor, que consiste en dividir los votos válidos emitidos por el número de escaños a cubrir en la circunscripción; esta operación arroja un determinado cociente.

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Una vez conocido el cociente, se dan a cada partido tantos escaños como veces contenga su total de votos al cociente. Si una vez hecho así queda un resto de escaños sin repartir, los sobrantes se atribuyen a los restos mayores de votos, que corresponden a partidos cuya votación no ha llegado al cociente necesario para tener derecho a escaño en el primer reparto.

Este segundo reparto -que a veces se hace en el marco de un Colegio nacional de restos, en niveles territoriales menores...ofrece oportunidades de obtener representación a partidos pequeños, como ocurre en Italia.

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