Empezar la casa por el dinero
La próxima subida de los tipos de interés aconseja decidir pronto la compra de vivienda
La compra de una vivienda, cuando los precios del mercado inmobiliario se incrementan ligeramente, incluso por debajo de la inflación, sólo es aconsejable en aquellos casos en que el inversor dispone de cantidades importantes -un mínimo de 10 millones de pesetas- para adquirir inmuebles que podrían ser definidos como de lujo y que preferentemente deben estar situados en zonas turísticas o céntricas, si se trata de grandes ciudades. Sin embargo, bien para habitar el propio comprador o bien con ánimo de invertir a largo plazo, lo cierto es que ahora es un buen momento para comprar, ya que en dos semanas está previsto que alguna entidad crediticia importante eleve medio punto sus tipos de interés y ello, presumiblemente, arrastrará al resto.
El mercado inmobiliario se ha reactivado en estos últimos meses gracias la puesta en marcha de los conciertos de financiación diseñados en el Plan Cuatrienal de la Vivienda, y que suponen la construcción anual durante el período 1984-1987 de 30.000 viviendas de protección oficial (VPO) y promoción pública, 120.000 de promoción privada, 80.000 viviendas libres; y la rehabilitación de otras 20.000.Lógicamente, no todo el mundo puede beneficiarse de una vivienda de protección oficial, ya que en la filosofia de este tipo de inmuebles, subyace el ofrecerlos a aquellas personas que sufren una situación económica más débil.
Los préstamos para estas viviendas protegidas, que son iguales en todas las entidades que han suscrito el convenio, reciben una aportación oficial para que éstas puedan aplicar al comprador unos tipos subvencionados de interés.
En el tramo máximo (caso de un comprador con ingresos inferiores a 2,5 veces el salario mínimo (desde enero de 1984, 34.740 pesetas mensuales), el interés se fija en el 6% anual durante los dos primeros años, 8% durante los tres años siguientes y el 11 % durante el resto del plazo de la operación, hasta 13 años. El tramo medio (ingresos entre 2,5 y 3,5 veces el salario mínimo) se fija en el 8% anual durante los cinco primeros años y 11 % durante el resto. El tramo mínimo (ingresos superiores a 3,5 veces el salario mínimo) se establece en el 11% anual durante los cinco primeros años y del 14% durante el resto. En el recuadro titulado Un 'cinturón' para 13 años se propone un ejemplo con el importe del préstamo y su devolución.
Las subvenciones personales suponen la concesión de cantidades a fondo perdido con el fin de rebajar la aportación directa del comprador. Para acceder a estas ayudas; es necesario que el precio de venta de la vivienda no exceda por metro cuadrado de superficie útil del módulo ponderado aplicable (este módulo, que se obtiene mediante un cálculo complicado y varía según la zona geográfica, afecta principalmente al constructor, quien debe ajustarse a la legislación para poder beneficiarse de las ayudas oficiales), y que los ingresos familiares anuales no excedan de 3,5 veces el salario mínimo interprofesional. Las familias de hasta dos miembros reciben 120.000 pesetas; aquellas de tres o cuatro miembros, 180.000 pesetas, y las de cinco o más miembros, 220.000 pesetas.
Para recibir estas ayudas, los compradores deberán acreditar ante la administración de Cada comunidad autónoma y ante las entidades financieras el cumplimiento de los requisitos exigidos. Así, los ingresos familiares, que comprenden todos los de la unidad familiar del adquiriente registrados en el año anterior al de la compra, podrán ser demostrados mediante la presenciación de una copia de la declaración del impuesto de la Renta de las Personas Físicas.
Respecto al precio máximo de venta, el comprador deberá presentar una declaración jurada en la que se refleje el coste de la vivienda en relacion con el módulo ponderado, o copia de la escritur pública de adjudicación.
Para obtener la subsidiación de intereses basta con acudir a una de las entidades financieras que han suscrito el convenio con la Administración, ya que esta bonificación es abonada directamente a ésta por el Instituto para la Promoción Pública de la Vivienda (IPPV).
Por el contrario, para conseguir la subvención personal, el comprador debe aportar el contrato compraventa o documento de adjudicación visado oficialmente y en el que conste que el dinero se aplicará a la disminución de la aportación inicial, así como una garantía con aval o seguro.
En caso de que no sea posible -o no interese- acudir a las viviendas de protección oficial, es necesario acudir al mercado libre, pletórico de productos (véase recuadro Guerra de ofertas para la vivienda libre), que ofrecen el 70% del precio total de la vivienda a 10 o 20 años de plazo y a un interés que oscila entre el 14% y 19%. El hábito de operar con una u otra entidad y el negociar las comisiones y gastos directamente con los responsables de la misma suelen ser los elementos que harán decidirse al comprador, ya que la oferta está bastante equilibrado.
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