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Recelos de la APM hacia el Tribunal Constitucional

El informe de la Asociación Profesional de la Magistratura (APM) muestra su inquietud ante la preponderancia del Tribunal Constitucional, cuyas sentencias se introducen, dice, "dentro, casi, de las fuentes de derecho". El artículo 5 del anteproyecto de ley impone a los jueces y tribunales la obligación de aplicar las leyes según la Constitución y conforme a la interpretación que de ella hagan "las sentencias dictadas por el Tribunal Constitucional en todo tipo de recursos". Como se sabe, el Tribunal Constitucional ha rectificado repetidamente los pronunciamientos judiciales para adaptarlos a la Constitución, especialmente con ocasión de la resolución de recursos de amparo de los derechos fundamentales, a solicitud de los ciudadanos a quienes se les violan.La APM invoca la ley orgánica del Tribunal Constitucional para proponer que el valor que el Gobierno pretende atribuir a las sentencias de este alto tribunal sólo afecte a las que resuelven juicios o cuestiones de inconstitucionalidad, "sin extenderlo a las dictadas en los recursos de aniparo". Hasta el momento, la vía más eficaz utilizada por el Tribunal Constitucional para lograr el respeto de los principios y las normas de la Carta Magna ha sido la rectificación de las sentencias de los jueces y tribunales que continúan aplicando normas o criterios obsoletos, lo cual ha provocado recelos en la Magistratura.

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