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La Audiencia Nacional cita al Banco de España a declarar sobre el de los Pirineos

Andreu Missé

Los servicios de Inspección del Banco de España detectaron numerosas irregularidades, entre 1976 y 1981, en sus habituales controles al Banco de los Pirineos. Las actas de estas inspecciones podrían ser el elemento fundamental para que los afectados puedan sustanciar un recurso contencioso administrativo contra el Banco de España, cuyos representantes han empezado a ser llamados a declarar por la Audiencia Nacional.

Entre las irregularidades detectadas cabe destacar los riesgos declarados incorrectamente a la Central de Información de Riesgos del Banco de España por un valor de 696 millones de pesetas, según el acta de julio de 1978.En una acta anterior, fechada el 7 de mayo de 1976, se detectaron "liquidaciones irregulares de intereses, operaciones que no pueden realizar los bancos industriales como el BIP, créditos concedidos a los consejeros sin autorización del Banco de España, participaciones de personas físicas extranjeras sin la autorización del Ministerio de Comercio y una activación de intereses totalmente irregular, así como riesgos indebidamente contabilizados". En el acta de 6 de diciembre de 1979 se señala que en relación con el Registro Especial de Avales, la inspección detectó que el Banco Industrial de los Pirineos no nevaba en su sede social el Libro de Registro General. de todas las operaciones realizadas en sus oficinas por aceptaciones, avales, garantías u otras cauciones prestada.

Paralelamente, la Audiencia Nacional ha llamado a declarar la semana próxima a un representante del Banco de España para iniciar la tramitación de la demanda presentada por el entonces administrador judicial de la entidad, Humberto Ruíz de Sanpedro, contra el consejo de Administración y apoderados del banco de los Pirineos. La tramitación de la demanda supone una meticulosa investigación de todas las gestiones efectuadas por los antiguos responsables del Banco de los Pirineos.

Hay que señalar que el pasado mes de marzo el magistrado juez del Juzgado de Primera Instancia número 7 de Barcelona decretó el embargo de los bienes personales, de los miembros del consejo de administración del Banco. El juez estimó la demanda de los interventores judiciales, quienes, al amparo del artículo 20 de la Ley de Suspensiones de Pagos, habían solicitado la adopción de medidas precautorias para los responsables del banco tras señalar que existían "claramente indicios racionales de responsabilidad". La decisión adoptada por la autoridad judicial afectó a los bienes del consejo de administración hasta cubrir la suma de 2.100 millones de pesetas que es el agujero del banco.

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