LOAPA para unos cuantos
Tras la aprobación de los pactos autonómicos, los dirigentes de UCD y del PSOE convencieron a los representantes de las regiones aún no constituidas de que era conveniente introducir en sus estatutos el contenido de gran parte de los acuerdos, entre ellos la LOAPA (ley orgánica de Armonización del Proceso Autonómico).Los dirigentes regionales aceptaron las indicaciones, puesto que el proyecto les iba a ser aplicado tarde o temprano. Entonces nadie parecía pensar en una sentencia desfavorable del Tribunal Constitucional. Conceptos y normas que contenía la LOAPA fueron incluidos en la mayoría de los estatutos de las autonomías constituidas a partir de la región asturiana: las que siguieron la fórmula menos rápida que ofrecía la Constitución.
Si la LOAPA hubiese sido válida, sus normas habrían afectado a todas las comunidades. Por eso los redactores del texto quisieron darle carácter orgánico y armonizador. El tribunal echó por tierra esas pretensiones y, con ello, el controvertido texto se sitúa en un rango inferior a los estatutos de autonomía. Ahora sólo los estatutos de las regiones que recogieron el espíritu del proyecto estarán sujetos claramente a tales condiciones. Asumieron en su propia raíz, en sus estatutos y comisiones mixtas, las obligaciones que serían declaradas inconstitucionales más tarde. De haber prevalecido la ley impugnada, el antiguo café para todos se habría convertido en LOAPA para todos. Ahora todo hace indicar que lo que queda es LOAPA para unos cuantos.
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