Alejandro Rebollo propició una extraña compra de Ubesa por Renfe
Renfe, bajo la presidencia de Alejandro Rebollo, adquirió parte del capital de la empresa de transportes de viajeros por carretera Unión de Benisa (Ubesa), aplicando unos criterios de valoración de las acciones extraños a la práctica contable, según diversos experto, consultados, que elevaron sustancialmente la cantidad abonada.
La adquisición de Ubesa por Renfe se inicia en 1979, cuando Rebollo era aún subsecretario del Ministerio de Transportes. Ignacio Bayón, presidente de Renfe, acuerda con Juan Balbastre en representación de Ubesa, la posible adquisición del 51% del capital de esta última sociedad. Para ello firman dos acuerdos. Por el primero, de fecha 27 de abril de 1979, se establece que Ubesa celebrará una junta general extraordinaria antes del 30 de junio, en la que se procederá a ampliar el capital de la sociedad en un 25%, porcentaje que será adquirido por Renfe, que, en contraprestación por esta participación accionarial cederá a Ubesa "los derechos de explotación exclusiva de las concesiones de las que es titular en las, líneas Valencia- Alicante, Gata-Alicante y Oliva-Valencia, derechos que deben comprenderse en el sentido más amplio, si bien en el entendido de que dicha cesión no afectará a la actual titularidad de las aludidas concesiones".
Opción de compra
El segundo acuerdo, suscrito entre Ignacio Bayón y Juan Juan Balbastre, de igual fecha que el anterior, es una opción de compra del 26% de las acciones de Ubesa, de cara a que Renfe obtuviera el control de la sociedad.En el punto segundo de este documento de opción de compra se dice que "el precio de la venta de las acciones se verificará de común acuerdo por los peritos designados por cada parte, que, caso de no llegar a un acuerdo, designarán a un tercer perito, que tendrá que tener el carácter de censor jurado de cuentas". A continuación, el documento dice que "para determinar el precio se tendrán en cuenta los siguientes conceptos: a) El haber líquido de la sociedad, considerando como tal lo que pudiera denominarse haber tangible, esto es, la diferencia entre el activo realizable y el pasivo exigible en 31 de diciembre de 1980. b) La capitalización del beneficio social, si lo hubiere, al tipo del 17,5 %, considerando como cuenta de explotación la usual en este tipo de negocio y fijando para el parque de vehículos las cuotas de amortización oficiales vigentes (no se considerará amortización para los inmuebles). c) El incremento del activo intangible que se produzca a partir de hoy como consecuencia de acciones de los vendedores, iniciadas ya en estos momentos, pero que todavía no han dado fruto. De una manera específica se comprende en este apartado la obtención de una unificación de concesiones que tiene en trámite los vendedores. No se incluye, en cambio, la autorización Sevilla-Barcelona, por haber sido ya obtenida".
Un Consejo elocuente
El 4 de marzo de 1981, siendo ya presidente de la compañía Alejandro Rebollo, Renfe celebra consejo de administración, al que asiste, según consta en acto, Ramón Díaz, delegado especial del ministro de Hacienda en Renfe. A este consejo, como punto segundo del informe, Alejandro Rebollo lleva la adquisición del 26% de las acciones de Ubesa.Los consejeros disponen de un documento denominado Memoria justificativa de la adquisición definitiva del 26% del capital de Ubesa y de un informe de Eugenio González Salido, censor jurado de cuentas, "sobre la valoración de determinados puntos referidos a la empresa Ubesa". En este informe se valora Ubesa de acuerdo con el criterio a) y b), que figuraban en la opción de compra, en 800 millones y 964 millones, respectivamente; pero luego aparecen sumadas ambas cantidades, dando un total de 1.704 millones.
Alejandro Rebollo explica lo importante que para Renfe es esta operación y, "tras explicar el procedimiento seguido para la valoración de Ubesa, se detiene en el análisis de los criterios seguidos para la tasación del concepto c), que figura en la opción de compra (incremento del activo intangible) y que ofrece grandes dificultades". Propone que se encargue una auditoría a Peat Marwick Mitchell; que se aplace la fijación del precio hasta conocer sus resultados, y que se entreguen a cuenta 30 millones de pesetas.
El consejero Gonzalo Ferre, a la vista de la exposición del presidente y de la documentación que se le ha entregado, toma la palabra para exponer que, a su juicio, los criterios de valoración a) y b), previstos en la opción de compra, "no son criterios de valoración sumables, sino alternativos".
El consejero Carlos Roa dice que no hay que criticar al anterior presidente y que lo que hay es un documento, la opción de compra, que debe ser asumido por el consejo. "Una valoración", dice, "es una opinión razonablemente fundada; hay diversos métodos simples o compuestos para hacer estos razonamientos, y el presidente Ignacio Bayón adoptó el que le pareció más adecuado. No cree que deba entrarse en la cuestión, porque no es momento ni hay motivo".
Alejandro Rebollo interviene para asegurar que el contrato de opción de compra es perfectamente válido, "y, por ende, exigible en sus propios términos, y a él debe sujetarse su consumación o ejecución en todos sus aspectos". Juan Antonio Guitart, que es consejero-director general de Renfe, aboga también en favor de que se sumen los tres apartados de valoración.
Gonzalo Ferre insiste en que las opciones a) y b) no son nunca acumulables, sino alternativas y optativas. El delegado especial del ministro de Hacienda, Ramón Díaz, manifiesta que en cuanto a la valoración comparte los criterios expuestos por Gonzalo Ferre.
Ocho días antes de la celebración del citado Consejo de Administración de Renfe, Alejandro Rebollo había firmado ya la compra del 26% de las acciones de Ubesa.
El documento, que tiene fecha del 24 de febrero de 1981, dice textualmente, en su punto cuarto: "Que durante el lapso comprendido desde el 29 de enero de 1981 hasta el día de hoy han continuado las conversaciones con intervención del censor jurado de cuentas Eugenio González Salido, de acuerdo con lo previsto en la cláusula segunda del acuerdo de 27 de abril de 1979, si bien la razón de haberse hecho uso por las partes de la facultad de designar un tercer perito censor jurado de cuentas no ha sido tanto la de haber existido diversidad en la fijación del precio de la venta de las acciones, cuanto la de desear que quedaran oficialmente ratificados los criterios y las valoraciones manejados en la obtención de aquél".
A continuación figura la adquisición de Renfe de 400.000 acciones de Ubesa. Para fijar el precio de la empresa se utiliza el informe de González Salido, que adiciona los apartados a) y b) y se añaden de común acuerdo otros 693 millones en concepto del apartado c). Todo ello supone una valoración de la empresa en 2.398 millones de pesetas, por lo que a Renfe el 26% de las acciones le supone un costo de 666 millones de pesetas.
Añadamos, finalmente, que el informe de la auditoría de Peat Marwick Mitchell, concluida el 4 de junio de 1981, valora la sociedad Ubesa en 603 millones, de acuerdo con la opción a), y en 715 millones, de acuerdo con la opción b). En ningún caso aparecen sumadas ambas alternativas.
Otras irregularidades
La legislación actual otorga a Renfe derecho de tanteo en la concesión de itinerarios de carretera coincidentes con el ferrocarril (denominados coincidentes A), y en parte de tales itinerarios, cuando la coincidencia entre el tren y la carretera sólo sea parcial (denominados coincidentes B). De esta situación cabría esperar que las mejores líneas de viajeros por carretera, las que unen grandes núcleos de población, estuvieran en manos de Renfe. En términos generales, no es así.Renfe no ha ejercido sus derechos en muchas ocasiones. Por ejemplo, en la reciente concesión del tráfico regular de viajeros entre Madrid y Bilbao. Concesión que se realizó por la Dirección General de Transportes, calificando el itinerario de coincidente B, cuando es evidente que es coincidente A, y sin que el representante de Renfe en la comisión de concesiones, del Instituto de Estudios del Transporte, exigiera el derecho de tanteo para su compañía. Ante las denuncias presentadas por la asociación Agapimet (transportistas autónomos), Renfe recurrió la concesión, cuando ya no procedía. La empresa beneficiaria es General de Transportes por Autopistas, SA, que, según fuentes de Agapimet, está vinculada al hombre fuerte de la patronal Fenebus Junco Miralles.
Una sentencia de la Audiencia de León de 14 de diciembre de 1981 desvela, asimismo, otro escándalo. Se trata de la concesión Lugo-Barcelona a Renfe y a Compañía Rutas de Cataluña, SA (Ruacasa). La concesión se falsificó -hay una condena de arresto mayor- de tal modo, que los autobuses de Renfe fueron sustituidos por los de un particular, y los de Ruacasa por Aupasa.
Tu suscripción se está usando en otro dispositivo
¿Quieres añadir otro usuario a tu suscripción?
Si continúas leyendo en este dispositivo, no se podrá leer en el otro.
FlechaTu suscripción se está usando en otro dispositivo y solo puedes acceder a EL PAÍS desde un dispositivo a la vez.
Si quieres compartir tu cuenta, cambia tu suscripción a la modalidad Premium, así podrás añadir otro usuario. Cada uno accederá con su propia cuenta de email, lo que os permitirá personalizar vuestra experiencia en EL PAÍS.
En el caso de no saber quién está usando tu cuenta, te recomendamos cambiar tu contraseña aquí.
Si decides continuar compartiendo tu cuenta, este mensaje se mostrará en tu dispositivo y en el de la otra persona que está usando tu cuenta de forma indefinida, afectando a tu experiencia de lectura. Puedes consultar aquí los términos y condiciones de la suscripción digital.