La cobertura del desempleo
Según información de EL PAIS del día 31 de agosto, se pretende reformar la legislación relativa a la cobertura del desempleo. En principio, este intento de reforma pretende ser justo y es, desde luego, humanitario.Convendría, sin embargo, sopesar el aspecto negativo de inducción al paro que parece comportar, sobre todo en los niveles de trabajo de baja remuneración, tal y como se plantea esta reforma.
Es de esperar, en el contexto de la crisis en que estamos inmersos, que algunos patronos y trabajadores, sobre la base de los recursos-puente de la nueva cobertura de desempleo, pacten un arco de indemnizaciones salariales; por despido que permitan fácilmente al trabajador pasar de la actividad laboral a la jubilación; en definitiva, a adelantar su pasividad social, engrosando el número de parados retribuidos.
Pudiera ser, acaso, medida correctora de esta tendencia al paro ofrecer al desempleado primas en mano que le permitieran o ayudaran a establecer pequeños negocios, industrias o explotaciones familiares, al tiempo que se suavizaban, en lo posible, las normas de permisividad, tanto estatales como municipales, y se atemperaban algunas exacciones.
Se frenaría así esa tendencia al paro, e inclusive se podría producir, a pequeña escala, un efecto multiplicador de empleo, al permitir incorporar a su primer trabajo a algunos elementos del grupo familiar. /


























































