Necesidad de revisar la ley de Protección de Espacios Naturales
La revisión de la ley de Protección de Espacios Naturales, que data de 1975, la necesidad de enmarcar la nueva reglamentación en el marco más genérico de la ordenación del territorio y la regulación de los parques marinos, son algunas de las conclusiones alcanzadas por los participantes en el seminario titulado Derecho y ecología: espacios naturales celebrado la pasada semana en la Universidad Internacional Menéndez Pelayo, en Santander."La ley vigente de 1975 que regula la protección de espacios naturales necesita una revisión general que supere la actual rigidez de la clasificación de categorías y del régimen de cada una de ellas, al tiempo que tenga presenten", añade el director del seminario, Francisco Sosa Wagner, "la nueva distribución territorial del poder, ya que en mi opinión, las comunidades autónomas deben de adquirir el tratamientos de los espacios naturales protegidos, un mayor protagonismo, enmarcado, eso sí, en la legislación básica que, en todo caso, corresponde al Estado". El seminario enfocó el problema de la protección de espacios naturales desde criterios pluridisciplinares, contando con la presencia de juristas, biólogos, físicos, e ingenieros de montes. Destacó la asistencia de los directores de los parques naturales de Ordesa, Covadonga y Teide, Ricardo Pascual García, Juan Valle Jaraquemada y Antonio Machado Carrillo, repectivamente, así como del director de la estación biológica de Doñana, Javier Castroviejo Bolívar. Junto a estos presentaron sus tesis los catedráticos de Derecho, Eduardo García de Enterría y Ramón Martín Meteo.
Instrumentos sectoriales
La necesidad de contemplar la protección de la naturaleza en el marco más genérico de la ordenación del territorio "de forma que esta nueva dimensión sirva para hacer confluir en ellas las técnicas o instrumentos sectoriales a utilizar en la protección de los espacios y que permitan integrar la vida propia y tradicional de las comunidades afectadas en la gestión del espacio natural", en palabras del director de seminario, fue otro de los acuerdos al que llegaron los participantes en éste.Finalmente se destacó el hecho de que la existencia en la legislación española de normas adecuadas para la defensa de los parques terrestres, permite, también, aunque nada haya legislado al respecto, la defensa de los parques marítimos. No obstante, se coincidió en la necesidad de regular esa defensa mediante una ley especial.
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