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Reportaje:

Los altos cargos incompatibles tendrán la reserva del puesto o plaza de destino

La Comisión de Régimen de las Administraciones Públicas del Congreso de los Diputados dictaminó ayer cuatro proyectos de ley, uno de ellos el de incompatibilidades de ambos cargos. Entre las novedades incorporadas destaca la supresión de los rectores de universidad de la lista de afectados por la ley y la reserva, mientras dure la incompatibilidad del puesto o plaza, de destino ocupado con anterioridad por quien desempeñe un alto cargo. También quedó dictaminado el proyecto de ley sobre organización de la Administración Central del Estado, en el que la oposición denunció el propósito socialista de dar covertura legal al decreto ley de reforma administrativa, impugnado por el Grupo Popular ante el Tribunal Constitucional.

El proyecto de ley sobre incompatibilidades de altos cargos registró pocas modificaciones sobre el texto remitido por el Gobierno. Además de la supresión de los rectores de universidad, como consecuencia de una enmienda del Grupo Popular, el propio PSOE propuso una reforma del texto aprobado en ponencia, a fin de suavizar la incompatibilidad de los altos cargos con el ejercicio de la función pública y el desempeño de cualquier otro puesto que figure en los presupuestos de las administraciones, organismos o empresas públicas, así como los retribuidos mediante arancel. La novedad consiste en que, en lugar de pasar a la situación administrativa o laboral que en cada caso corresponda, los citados altos cargos tendrán asegurada la reserva del puesto o plaza de destino ocupado anteriormente, en las condiciones que determine la legislación específica.Con la aceptación de esta enmienda, el PSOE iguala la situación de los altos cargos con la de los diputados y senadores, según lo acordado la pasada semana en la Comisión Constitucional. En cambio, fueron rechazadas la mayoría de las enmiendas del Grupo Popular, entre ellas la que pretendía que los secretarios de estado no puedan compatibilizar este cargo con el de diputado o senador. También fue rechazada la propuesta de Juan Ramón Calero, del mismo Grupo, que solicitaba que el acceso a un alto cargo de la administración pública no suspenda la consolidación de los derechos pasivos o de las pensiones de la Seguridad Social.

El diputado de la Minoría Catalana, Llibert Cuatrecases, logró la aprobación de una disposición adicional nueva, según la cual esta Ley "no será de aplicación a los altos cargos de la administración de las comunidades autónomas". El intento del Grupo Popular de dejar subsistente, en lo no modificado, el decreto ley de 13 de mayo de 1955, fue considerado innecesario por el PSOE, teniendo en cuenta la voluntad política del Gobierno. Calero recordó que dicho decreto ley establece que el Presidente del Gobierno y el Ministro de Justicia no podrían ejercer la defensa ante los tribunales durante los dos años siguientes a su mandato.

¿Gobierno "bicéfalo"?

La mayoría de las críticas dirigidas por la oposición al proyecto de ley sobre organizacíon de la Administración Central del Estado, estuvieron centradas en la consagración de las atribuciones actuales del vicepresidente del Gobierno. José Manuel Romay, del Grupo Popular, llegó a afirmar que "no siempre se van a dar en la cúspide del Gobierno las circunstancias actuales". Se refería a las constantes referencias al vicepresidente, junto al presidente, al referirse el proyecto de ley a las funciones del segundo. Romay estimó inconveniente "esta concepción bicéfala" del Gobierno.El socialista Justo Zambrana consideré que se trataba de suspicacias de la oposición. Para eliminar estas, aceptó, en el artículo séptimo, suprimir la referencia a que determinadas competencias de la presidencia del gobierno serán ejercidas por le Ministerio de la Presidencia "bajo la superior dirección del presidente y vicepresidente del Gobierno". También se suprimió que el vicepresidente del gobierno asuma las funciones en el caso de dimisión. No se aceptó, en cambio, la propuesta de Minoría Catalana para que, en lugar de la sustitución automática en los casos de ausencia o enfermedad, se utilizara la técnica de la delegación de funciones por decreto, dejando libertad al presidente para que delegue en el miembro del Gobierno que desee. Se introdujo, junto a la figura del presidente y el vicepresidente, la de los vicepresidentes, para adaptarse á lo que establece la Constitución.

El centrista Gabriel Cisneros consideró que todo el proyecto de ley encubría el propósito de convertir en ley el decreto ley de 7 de diciembre, sobre reforma administrativa urgente, contra el que existe un recurso de inconstitucionalidad presentado por el Grupo Popular. Cisneros recordó que el PSOE se negó a tramitar dicho decreto ley como proyecto de ley y pretende ahora convertirlo en ley por esta vía. La disposición transitoria establece que todas las normas dictadas en desarrollo y ejecución de aquel decreto ley "se entenderán válidas y subsistentes mientras no se disponga lo contrario", y que asimismo serán válidos y surtirán todos sus efectos los actos administrativos dictados por los órganos establecidos al amparo de aquel decreto ley, esto es la nueva estructura de la Administración y del Gobierno introducida por el PSOE al llegar al poder.

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