Las comunidades autónomas podrán crear universidades en su ámbito territorial
Las comunidades autónomas podrán crear por ley universidades en su ámbito territorial, según el artículo 5 del proyecto de Ley de Reforma Universitaria (LRU). La Comisión de Educación del Congreso aprobó en su sesión de la tarde de ayer los artículos 5, 6 y 7, que se refieren a la creación de universidades, legislación por la que se regirán y unidades que la integran.Las enmiendas, a petición del PNV, fueron debatidas globalmente "para agilizar los debates". El grupo vasco reclamó definición de competecias autonómicas y polemizó con el socialista Pere Jover sobre competencias básicas, autonómicas exclusivas y educativas.
Iñigo Aguirre, portavoz del PNV, volvió a aludir, como ya lo había hecho al defender su enmienda a la totalidad, al Tribunal Constitucional como posible vía interpretativa de los distintos criterios.
La enmienda de la Minoría Catalana defendió planteamientos semejantes al PNV, y el centrista Jesús Sancho Rof propuso la supresión del estrambote del punto 5 del artículo 5, que fue aceptada.
El texto aprobado del artículo 5 establece que la creación de universidades se hará por ley de las comunidades autónomas o de las Cortes Generales, previo dictamen preceptivo del Consejo de Universidades, y el comienzo de actividades será autorizado por la comunidad autónoma.
Fernando Suárez, del Grupo Popular, defendió la inclusión en el artículo 7 de los colegios mayores entre los centros integrantes de la comunidad universitaria. El comunista Fernando Pérez Royo dijo que se añadiesen las bibliotecas, y el centrista Sancho Rof pidió "la supresión del término Escuelas Técnicas Superiores, para evitar, dijo, la dicotomía entre las universidades politécnicas y las demás.
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