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El fiscal de la Audiencia Nacional eleva la petición de penas para los procesados en el asalto al bar San Bao

El fiscal de la Audiencia Nacional ha elevado la petición de penas para todos los procesados por el asalto al bar madrileño San Bao -cuya vista oral se reanuda hoy-, al modificar su calificación provisional y considerar que dos de los inculpados cometían un delito de homicidio frustrado y otro consumado en grado de encubrimieinito. Como testigo de la acusación particular había sido citado el jefe nacional de Falange Española de las JONS, Raimundo Fernández Cuesta, quien no compareció debido a que hace un par de días le fue retirada la escayola de una pierna, según su certificado médico.

El aumento de petición de pena de¡ fiscal es el siguiente: a Juan Domingo Martínez Lorenzo, 14 años de prisión por inductor en homicidio frustrado y autor de desordenes públicos, con la agravante de reiteración (antes pedía para él cuatro meses, por desórdenes). Al menor Jesús Alfredo Fernández de Landa, cinco años de prisión como autor de homicidio frustrado, desórdenes públicos y tenencia ilícita de armas, así como por encubridor del homicidio consumado (antes solicitaba ocho meses de prisión). A Hurtado López, siete años de prisión, por desórdenes públicos y tenencia de armas (antes, cuatro meses). A Madrazo Herrero, Barranco López de Saa, Minteguiaga, Alcalá Neches y García Calvo, tres años a cada uno por desórdenes públicos (antes pedía cuatro meses). Por último, a Ruiz Aguado y Navarrete, pide cuatro meses por desórdenes. A estos dos, al igual que a Fernández de Landa, se les aplica la atenuante de minoría de edad.Hoy, a las 16.30 horas, se reanuda el juicio, con los informes de los acusadores particulares y las defensas.

No era omisión

El fiscal señaló en su informe que el no haber mencionado las detonaciones en el exterior del bar San Bao en su escrito de calificación provisional, no fue una omisión, sino que lo hizo para dejar abierta la posibilidad de que cuando se llegara a detener a los procesados rebeldes (Daniel Fernández Landa e Iñigo Guinea Pérez), éstos pudieran realizar unas espectaculares revelaciones en las que se implicara a los hoy procesados.

Indicó que la calificación de asesinato no respondía a la realidad de los hechos, por la dificultad en demostrar la alevosía, pero si la de homicidio. "Hay homicidio frustrado porque hay voluntad hornicida, por el medio empleado (una cadena de hierro), la dirección del golpe (a la cabeza) y por las amenazas proferidas: 'Os vamos a matar' y 'vamos a por ellos'".

Agregó el fiscal que Fernández de Larida era encubridor de homicidio, porque fue detenido cuando intentaba ocultar el arma que le había dado su hermano Daniel, con la que presumiblemente se había causado la muerte del día anterior en el bar.

Alvaro Cabeza Martín, militante de Falange, uno de los tres testigos propuestos por la acusación particular, afirmó que el 6 de mayo de 1980 acudió en compañía de su novia y dos camaradas a la Cruz de los Caídos, donde participaron en la operación de limpieza del monumento. Finalizada ésta, llevó a su novia a su casa, por lo que, alegó, no particinó en el asalto.

Miguel Ángel Marín señaló que tras escuchar la emisora de la policía fue a la Cruz de los Caídos y vió como un grupo de personas corría hacia el San Baocon hierros y cadenas, y cómo salían del bar un individuo con una pistola, que les apuntó, y un herido con la cabeza sangrando.

José María Alonso Collar, entonces jefe provincial de Falange Española dijo que fue a la Cruz a tranquilizar los ánimos. Señaló que esta organización, como tal, no participó en los hechos y que en Falange no se había encontrado culpabilidad en ninguno de los detenidos por la policía, por lo que se les ayudó con el importe de las fianzas.

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