Medidas de fomento de empleo para trabajadores minusválidos
Las medidas de fomento de empleo de trabajadores minusválidos se establecen en un real decreto publicado ayer en el Boletín Oficial del Estado y que da cumplimiento a lo previsto en la ley de 7 de abril de 1982. Según el decreto, todas aquellas empresas, públicas o privadas, que ocupen a más de 50 trabajadores fijos estarán obligadas a emplear a trabajadores minusválidos en número no inferior al 2%. de la plantilla. Éstos deberán pertenecer a los inscritos en el registro correspondiente de la oficina de empleo.De acuerdo a estas medidas, si la incapacidad permanente parcial no afecta al rendimiento normal del trabajador en el puesto de trabajo que ocupaba antes de producirse la incapacidad, deberá el empresario reincorporarlo al mismo puesto o, en caso de imposibilidad, mantenerle el nivel retributivo correspondiente al mismo.
Las empresas que contraten por tiempo indefinido y en jornada completa a trabajadores minusválidos tendrán derecho a una subvención de medio millón de pesetas por cada contrato de trabajo y a bonificaciones en las cuotas empresariales de la Seguridad Social. Las bonificaciones serán del 70%. por cada trabajador minusválido contratado menor de 45 años y del 90% si supera esa edad en el momento del contrato. Las empresas estarán obligadas a mantener la estabilidad en el empleo de los trabajadores contratados por un mínimo de tres años.
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