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Editorial:
Editorial
Es responsabilidad del director, y expresa la opinión del diario sobre asuntos de actualidad nacional o internacional

La huelga policial

LA ANUNCIADA reanudación de las conversaciones entre el Ministerio del Interior y los representantes de los dos sindicatos que agrupan a la inmensa mayoría de los funcionaríos de la Policía, permite albergar fundadas esperanzas de un acuerdo razonable, capaz de evitar los graves peligros inherentes a la declaración de una huelga policial. La indeseabilidad de una semiparalización del servicio administrativo a cuyo cuidado se halla el orden público procede tanto de necesidades colectivas de carácter general como de la específica amenaza terrorista. Aunque no exista una relación de causa y efecto entre ambos acontecimientos, resulta dificil olvidar que el golpe de Estado frustrado del 23-F se produjo tras la huelga de celo policial desencadenada a raíz de la muerte de José Arregui. El atentado perpetrado ayer en La Coruña, que costó la vida a un guardia civil, lleva, de añadidura, el ominoso signo de que Plácido Pedreira, conductor de un autobús de transporte escolar de hijos de guardias civiles, fue asesinado mientras permanecía sentado al frente del volante del vehículo después de haber realizado el servicio.Que la huelga policial podría ser altamente peligrosa para la estabilidad institucional y debilitaría las defensas en la lucha contra el terrorismo no significa, empero, dar por buenas otras interpretaciones -habitualmente conexas en algunos comentarios oficiales- sobre el sentido político último de su eventual desencadenamiento y sobre su falta de adecuación, con la legalidad vigente. La hipótesis de que la proyectada huelga policial pudiera tener un sentido conscientemente desestabilizador -aparte de su indudable nocividad objetiva- no resulta demasiado plausible, ya que tropieza, entre otras cosas, con el dato de que la USP, sindicato al que el PSOE dispensó sus simpatías antes de alcanzar el Gobierno, se ha unido a esa convocatoria. Recordemos, sin embargo, que el camino del infierno se halla empedrado de buenas intenciones y que no siempre las catástrofes son originadas por móviles perversos. De otro lado, afirmar que una huelga de la policía tendría, aquí y ahora, una significación abiertamente lesiva para los intereses generales no implica, en modo alguno, que esa eventual decisión sea ilícita. Pero así como la crítica de una eventual huelga policial no tiene por qué prolongarse en la negación de su legalidad, tampoco el reconocimiento constitucional de los derechos sindicales significa, necesariamente, que su ejercício esté moral y políticamente justificado en cualesquiera circunstancias de tiempo y de lugar.

La tesis de que los funcionarios del Cuerpo General de Policía no pueden legalmente recurrir, en la negociación de sus conflictos profesionales, al instrumento de la huelga, busca sus argumentos en la normativa anterior a la promulgación de la Constitución. Pero esa interpretación resulta difícil de mantener cuando se tiene a la vista el ordenamiento jurídico en su conjunto y se recuerda que no cabe esgrimir contra el espíritu vivo de la Constitución la letra muerta de disposiciones procedentes del pasado. La palabra sindicato arrastra consigo, histórica y conceptualmente, al término huelga; y la inmensa mayoría de los miembros del Cuerpo General de Policía están afiliados a las centrales SPP y USP, legalmente constituidas al amparo del artículo 28 de la Constitución, según el cual "todos tienen derecho a sindicarse libremente", sin más salvedades que la prohibición expresa de que son objeto fiscales y magistrados y las eventuales limitaciones o exceptuaciones, que el legislador aplique "a las Fuerzas o Institutos armados o a los demás cuerpos sometidos a disciplina militar". De añadidura, ese mismo artículo reconoce el derecho a la huelga de los trabajadores para la defensa de sus íntereses y confía a una ley posterior la tarea de establecer "las garantías precisas para asegurar el mantenimiento de los servicios esenciales de la comunidad".

Las diferencias que separan a los sindicatos poficiales y al Ministerio del Interior son fundamentalmente de carácter profesional. Los ciudadanos, sin embargo, desearían que la completa desaparición de los malos tratos y de las torturas en los departamentos gubernativos encontrara, también, un lugar primordial en esa plataforma reivindicativa. Por lo demás, el incidente ocasionado por la participación en un espacio de televisión de unos policías nacionales, todavía independientes orgánicamente del Cuerpo General de Policía, se ha incorporado al memorial de agravios sindical. El programa electoral del PSOE incluía la reivindicación democrática, congruente con las necesiaades funcionales del aparato del Estado, de un Real Cuerpo de Policía desmilitarizado que unificara los escalafones del Cuerpo General dePolicía y de la Policía Nacional. No parece justo, en consecuencia, que la inter vención televisiva de unos policías nacionales para defender esa reforma sea contestada por el Gobierno con la amenaza de aplazar el envío al Congreso del proyecto de ley unificadora o de alterar restrictivamente su articulado. No hay que confundir la fimeza con la rigídez, ni la autoridad con el ordenancismo, ni la displina racional con la obediencia ciega. El diálogo entre el ministro del Interior y los representantes del SPP y la USP puede ser una vía mucho más apropiada para desvanecer la amenaza de la huelga policial que la ilegalización de su convocatoria me diante una normativa dudosamente vigente. Confiemos en que José Barrionuevo y los dirigentes de los sindicatos de la policía encuentren un lenguaje común, den muestras de flexibilidad en sus planteamientos y ahorren a la sociedad española la crispación inherente a la declaración de esa huelga que nadie quiere, excepción hecha de los terroristas y los desestabilizadores, y que debe ser evitada, aun reconociendo a sus promotores el derecho constitucional que les ampara.

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