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Vilallonga, condenado a seis meses por un delito de calumnias al duque de Cádiz

La Sección Primera de lo Penal de la Audiencia Provincial de Barcelona ha dado la razón a Alfonso de Borbón, duque de Cádiz, y ha condenado a seis meses y un día de prisión y a 20.000 pesetas de multa a José Luis de Vilallonga y Cabeza de Vaca, marqués de Castelibell, por un delito de calumnias. A pesar de esta resolución judicial, los magistrados de la Audiencia de Barcelona no conceden ni un solo céntimo de indemnización al duque de Cádiz, al que critican que viva de su título y que, utilizando un cargo oficial, se deje pagar las cuentas del hotel.

El pasado lunes compareció ante la Audiencia Provincial de Barcelona José Luis de Vilallonga, marqués de Castellbell, para ser juzgado de un presunto delito de calumnias vertido contra Alfonso de Borbón y Dampierre, duque de Cádiz, con la publicación de un artículo en la revista Interviu, titulado Cosas de Madild. En el mencionado artículo Vilallonga aseguraba que el duque de Cádiz pasaba los fines de semana en Baqueira Beret con María del Carmen Martínez Bordiu, y que los gastos los pagaba el Instituto de Cultura Hispánica, que entonces presidía Alfonso de Borbón.El fiscal solicitó un año de prisión y 400.000 pesetas de indemnización para el acusado. Por su parte, el abogado querellante, que en el momento del juicio oral no se presentó, llegó a reivindicar tres años de cárcel y diez millones de pesetas de indemnización.

A través de las pruebas judiciales se pudo comprobar que la afirmación realizada por Jose Luis de Vilallonga era totalmente falsa, ya que el Instituto de Cultura Hispánica no se hizo cargo en ningún momento de los gastos del duque de Cádiz y de la nieta de Franco. Sin embargo, el propio duque de Cádiz acreditó que los gastos del hotel de Baqueira Beret los había pagado el propio hotel y una sociedad denominada Caral S A.

A la vista de los hechos, los magistrados de la sección primera de lo penal han impuesto una condena de seis meses y un día contra José Luis de Vilallonga por un delito de calumnias. A renglón seguido, y en el séptimo considerando de la resolución de la sala, e hace una dura reprimenda al duque de Cádiz, a quien se le acusa poco menos que de vivir del cuento y no se le asigna ni una sola peseta de indemnización.

Dicen textualmente los magistrados Manuel Derqui, Adolfo Fernández Oubiña y José Luis Barrera Cogollos, refiriéndose a las cuentas del duque de Cádiz, que "ejerciendo una alta representación de la nación española -entonces era presidente del Instituto Nacional del Libro permite que otros pechen con los gastos voluntariamente ocasionados para distraer su ocio". Esta criticable actitud, según los magistrados, entra en clara contradicción con esa defensa que hace de su honra y con esa reclamación judicial en la que reivindica diez millones de pesetas, en concepto reparador.

Dicen los magistrados que "la propia estima, configurante exclusivo de la honra, sólo es dignificante para la persona, cuando se ejerce de manera permanente".

Basándose en esta actitud criticable del duque de. Cádiz, así como en la dificultad de cuantificar el daño moral, la sala llega a la conclusión de que el duque de Cádiz no es merecedor de ninguna indemnización económica.

El abogado defensor de José Luis de Vilallonga ha decidido recurrir la sentencia ante el Tribunal Supremo. Es previsible que el abogado del duque de Cádiz recurra también contra la sentencia, cuanto menos para anular el séptimo considerando de la resolución de la Audiencia de Barcelona.

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