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Admitido a trámite el recurso de súplica, sobre la ley de elecciones locales

El Tribunal Constitucional ha admitido a trámite el recurso de súplica remitido el sábado pasado por los grupos Popular y Minoría Catalana para que quede sin efecto la providencia de aquél en la que se rechaza el recurso previo de inconstitucionalidad presentado días antes por los mismos grupos contra la ley orgánica que reforma diversos artículos de la ley de elecciones locales. La aceptación a trámite del recurso de súplica no implica que el Tribunal Constitucional vaya a pronunciarse favorablemente sobre el mismo. Ello significaría revisar su decisión de no aceptar el recurso previo y crearía un serio conflicto al Gobierno, que ayer aprobó el decreto de convocatoria de elecciones locales.

Con fecha del día 8, el Tribunal Constitucional remitió a José María Ruiz Gallardón y a Josep Maria Trías de Bes, recurrentes por parte del Grupo Popular y Minoría Catalana una comunicación, que fue recibida ayer, en la que se señala que el Pleno del alto Tribunal "ha acordado tener por planteado en tiempo y forma el recurso de súplica interpuesto contra la providencia del 4 del actual, y dar traslado de dicho recurso por plazo común de tres días al Congreso de los Diputados y al Senado por conducto de sus presidentes, y al Gobierno, por conducto del ministro de Justicia, para que en el indicado plazo de tres días, y a través de su representación, puedan alegar lo que consideren oportuno, y transcurrido ese plazo, dése cuenta".La admisión a trámite del recurso previo no prejuzga la decisión favorable o contraria al mismo del Tribunal Constitucional, que debe pronunciarse antes de que concluya esta semana. En caso de que la resolución sea favorable ello implicaría que el Tribunal revisa su acuerdo de no aceptar a trámite el recurso previo, que seguiría así su curso.

Decisión conflictiva

Se plantearía de esta forma un conflicto serio, dado que la aceptación a trámite del recurso previo supone la suspensión de la aplicación de la ley, una ley que como en el caso de la que reforma la antigua de las elecciones locales, ha sido publicada en el Boletín Oficial del Estado y ha producido efectos nada despreciables, como es la convocatoria de elecciones locales para el día 8 de mayo, tomando como base la nueva norma legal.Fuentes jurídicas consultadas por este periódico señalaron que en el caso de que el Tribunal Constitucional se pronuncie favorablemente sobre el recurso de súplica y admita, por tanto, el recurso previo, podría perfectamente no suspender la aplicación de la ley por entender que la misma ha sido publicada en el BOE y ha producido ya efectos. No obstante, según las mismas fuentes, también podría acordar la suspensión de la nueva ley, lo que automáticamente provocaría la suspensión de la convocatoria de elecciones.

La decisión del Tribunal Constitucional de admitir a trámite el recurso de súplica de los grupos Popular y Minoría Catalana no ha sorprendido ni al Gobierno, que lo esperaba, ni a los recurrentes, que mostraban ayer su satisfacción, si bien se negaban a hacer más valoraciones hasta tanto el alto tribunal no resuelva sobre el mencionado recurso.

Josep Maria Trías de Bes manifestó a este periódico que en el caso de que el Tribunal Constitucional se pronuncie en contra del recurso de súplica, "no abandonaremos nuestra postura de rechazo a la ley y plantearemos un recurso de inconstitucionalidad normal". Para presentarlo tendrían el grupo Popular y la Minoría Catalana un plazo máximo de tres meses.

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En el caso en que el Tribunal Constitucional se pronunciara en contra del recurso de súplica se verá obligado, en esta ocasión, a argumentar las razones del rechazo, en su día, del recurso previo.

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