La confusión en el tema del aborto
Como no creo que esta modesta aportación al tema exija la ambiciosa extensión de un artículo, me acojo a esta asamblearia y libertaria fórmula de la carta al director para, mojando en la polémica sobre el aborto, intentar evitar que se confundan las cosas:
1. Si en alguna ocasión se ha de llegar a abortar, porque la salud de la madre corre riesgo grave, ello no es un supuesto de aborto propiamente dicho, sino la exigida consecuencia del cumplimiento de la obligación del cuidado de la vida de una persona, que, incluso, de no atenderse, podría llevar a la exigencia de responsabilidad por un posible delito de lesiones u homicidio por imprudencia.
2. Si se ha de llegar a abortar porque se ha quedado embarazada como resultado de una violación, eso tampoco es propiamente un aborto, sino la obligada reparación, de una parte, y la evitación, de otra, de un daño grave que se añadiría, además, a la agresión inicialmente sufrida.
3. Si se ha de llegar a abortar por la manifiesta y comprobada anormalidad del feto, eso tampoco puede ser considerado como un aborto, al tratarse de la necesaria extirpación en un cuerpo humano de una de sus posibles anomalías y peligros, y ni siquiera se puede considerar como un comportamiento eugenésico, sino como una actitud profiláctica, cosa bien distinta.
Despenalizar el aborto no es corregir la penalización en cuanto a la equivocada consideración que se ha dado a supuestos impropiamente estimados como tales. Despenalizar el aborto significa la desaparición de una figura delictiva, para que de ahora en adelante la madre, libremente, con arreglo a su conciencia, en ciertas condiciones y con toda clase de garantías técnicas, pueda dar a luz o no, en el ejercicio de su libertad, siendo el bien protegible, la real voluntad de quien quiera, responsablemente, tener hijos o no tenerlos.
Aborto es la interrupción libre y voluntaria del embarazo.
Las interrupciones obligadas por la salud de la madre por anomalías del feto, por involuntariedad en la concepción, nacida de violencia, engaño u otro fraude, son supuestos médico-quirúrgicos ineludibles.
Creo, aun más, que para la valoración de estas modificaciones o correcciones, con el juego de las actuales eximentes de legítima defensa, estado de necesidad y la correspondiente al impedimento de un mal mayor, bastaba y sobraba, a fin de que dichas situaciones fueran objeto no sólo de comprensión social, sino de absolución legal.
Que los hipócritas no se rasguen las vestiduras pues no se despenaliza el aborto, se pone orden y se corrige una interpretación deformada que de ciertos supuestos se estaba realizando, so pretexto del tabú del aborto, para evitar injusticias y mayores males, lo cual es un evidente y razonable cambio, pero en el tema del aborto no es "el cambio". /
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