El Gobierno impide que la contratación temporal cubra puestos fijos y rebaja los porcentajes de eventuales
El real decreto que modifica la contratación temporal aprobado en el pasado Consejo de Ministro, aporta como principal novedad que la vacante producida por haber finalizado -un contrato eventual no puede ser cubierta con otro contrato de las mismas características. El resto del decreto conserva las características anteriores, aunque rebaja los porcentajes de eventuales en función de los fijos de plantilla.
Las modificaciones que la nueva Administración ha introducido en esta modalidad de contratación han sido calificadas por determinados sectores como especialmente duras, sobre todo por la imposibilidad, no contemplada en la normativa anterior, de ir cubriendo vacantes por contrataciones temporales sucesivas. Esto podría provocar por parte de los empresarios un rechazo aún mayor a la utilización de los decretos.La contratación temporal estuvo a punto de impedir la firma del Acuerdo Nacional sobre Empleo (ANE), a cuya sombra se elaboraron los decretos que venían a desarrollar lo recogido en esta materia en el Estatuto de los Trabajadores. Un pacto de caballeros, asumido por los entonces ministros Jesús Sancho Rof y Juan Antonio García Diez, posibilitó no sólo la aparición de la primera normativa sobre contratación eventual, sino la misma firma del ANE.
Los intentos de la Administración de Unión de Centro Democrático (UCD) por modificar los decretos, a mediados de 1982, provocaron los ataques más furibundos que los sindicatos habían dirigido contra el Gobierno. Finalmente, y con una fuerte polémica y la actitud en contra de las dos centrales, CC OO y UGT, los decretos fueron modificados, ampliando los límites establecidos en función del número de fijos por empresa.
Los primitivos decretos de julio de 1981 establecían unos porcentajes máximos de eventuales en función del total de plantilla. Porcentajes que iban desde el 5% en las empresas de más de mil trabajadores hasta el 30% en las de menos de cincuenta. La refundición de los decretos y su modificación en julio de 1982, amplió sustancialmente los límites situándolos entre el 10% en las empresas de más de mil trabajadores y el 50% en las de menos de cincuenta.
Con la actual normativa no sólo se reducen nuevamente los límites, fijándose entre el 5% en la empresas con plantillas de más de mil trabajadores y el 50% en las de rrienos de veinticinco, sino que impide sobre todo, que la modalidad de la contratación temporal pueda ser utilizada para suplir puestos de trabajo fijos. Esta ha sido tina de las modificaciones calificada como más dura, pero también como más "lógica si lo que realmente se quiere es que la contratación temporal no se convierta en un sistema para introducir la flexibilidad de plantillas".
El texto aprobado en Consejo de Ministros dice: "No se podrán realizar contratos temporales para cubrir puestos de trabajo que hayan quedado vacantes por terminación de otro contrato temporal, despido improcedente o expediente de regulación de empleo durante el año inmediatamente anterior a la fecha de la contratación temporal". En medios empresariales las nuevas medidas han sido acogidas con un fuerte rechazo. La patronal ya estaba en contra de las medidas anteriores que, a su juicio, no conseguían agilizar suficientemente el mercado de trabajo y que, en determinados casos -contratos bonificados-, servían incluso para fomentar la competencia desleal entre las empresas.
La nueva normativa reduce aún más las facilidades para la contratación temporal de que disponían los empresarios, y que, sin embargo, no llegaron a utilizar en toda su amplitud. El escaso interés demostrado por la patronal en este sentido hizo que las centrales sindicales les acusaran de boicotear los decretos para conseguir una mayor apertura en la flexibilidad de plantillas.
Prórroga de los decretos
La decisión del Gobierno socialista en cuanto a prorrogar los decretos de contratación temporal vulnera uno de los principios en los que los sindicatos basaron su aceptación de los mismos. Para CC OO y UGT, los decretos finalizarían con el Acuerdo Nacional sobre Empleo (ANE) y cualquier intento de prolongar los mismos debería ser negociado previamente entre las partes. El ANE finalizó el pasado 31 de diciembre. Los decretos fueron prorrogados en el Consejo de Ministros del día 29.
Salvo que las negociaciones se hayan llevado en el más absoluto de los secretos, el ministro de Trabajo, Joaquín Almunia, sólo atendió una consulta pública con los sindicatos en la que les entregó un proyecto de decreto que, con mínimas modificaciones, es el mismo que posteriormente fue aprobado en Consejo de Ministros. La prórroga y modificación de los decretos de contratación temporal se ha llevado con un exceso de cautela por parte del actual titular de Trabajo que en uno de sus escasos encuentros con los periodistas, comentó que "el borrador que anda circulando por ahí no es, desde luego, el mío". Afirmación que provocó el desconcierto entre los sindicatos, ya que el único borrador que circulaba era el que el propio ministro les había entregado días antes.
Sorprendemente, la decisión del ministro de Trabajo en cuanto a prorrogar los decretos no ha hecho surgir las protestas sindicales que, en función de posturas anteriores, era lógico esperar. Las críticas de CC OO se han limitado a recordar que los decretos tenían que haber finalizado el 31 de diciembre y a apuntar algunas observaciones que, a su juicio se debían haber introducido. UGT prácticamente se ha limitado a aceptar los decretos, aunque haya negociado directamente con el ministro la modificación de determinados puntos.
Intentos parecidos de la Administración de UCD provocaron en el pasado año una oleada de ataques y acusaciones por parte de los sindicatos que no se han producido en esta ocasión, aún considerando que la reforma que ofrece el nuevo Gobierno mejora la normativa anterior.
Tu suscripción se está usando en otro dispositivo
¿Quieres añadir otro usuario a tu suscripción?
Si continúas leyendo en este dispositivo, no se podrá leer en el otro.
FlechaTu suscripción se está usando en otro dispositivo y solo puedes acceder a EL PAÍS desde un dispositivo a la vez.
Si quieres compartir tu cuenta, cambia tu suscripción a la modalidad Premium, así podrás añadir otro usuario. Cada uno accederá con su propia cuenta de email, lo que os permitirá personalizar vuestra experiencia en EL PAÍS.
En el caso de no saber quién está usando tu cuenta, te recomendamos cambiar tu contraseña aquí.
Si decides continuar compartiendo tu cuenta, este mensaje se mostrará en tu dispositivo y en el de la otra persona que está usando tu cuenta de forma indefinida, afectando a tu experiencia de lectura. Puedes consultar aquí los términos y condiciones de la suscripción digital.
Archivado En
- Joaquín Almunia
- II Legislatura España
- Derecho internacional
- MTSS
- UGT
- Presidencia Gobierno
- Comisiones Obreras
- Legislación laboral
- Derecho laboral
- Sindicatos
- Empleo temporal
- PSOE
- Gobierno de España
- Legislación española
- Sindicalismo
- Legislaturas políticas
- Empleo
- Relaciones laborales
- Gobierno
- Ministerios
- Partidos políticos
- Administración Estado
- Legislación
- Política laboral
- Trabajo