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El fiscal mantiene en su informe sobre el 'caso Almería' que los procesados tuvieron intención de matar

Sin apenas literatura, centrándose en los hechos escuetos que se juzgan, el fiscal José María Contreras, representante del ministerio público, mantuvo ayer ante el tribunal que juzga el caso Almería, en un informe de una hora aproximada de duración, sus conclusiones definitivas y su calificación de homicidio, ya avanzadas en síntesis en la sesión del pasado sábado.

Tras el representante del ministerio fiscal, el abogado de la acusación particular, Darío Fernández, inició su informe en apoyo de su tesis de asesinato.Con la exposición de los informes finales por las partes actuantes en el proceso -hoy concluirá el informe del acusador particular e iniciarán los suyos las defensas de los procesados-, el juicio sobre el caso Almería entra en su recta final.

Antes de centrarse en el lugar donde ocurrieron los hechos y los posibles delitos de homicidio, es decir, en la carretera de Gérgal, el fiscal se refirió a la fatalidad que acompañó a los jóvenes Luis Montero, Luis Cobo y Juan Mañas, desde el mismo momento en que salieron de Santander hasta que fueron detenidos en Roquetas de Mar, al atardecer del día 9 de mayo de 1981: el atentado perpetrado el día 7 de mayo contra el teniente general Valenzuela, la avería del vehículo de las víctimas en la localidad de El Provencio, su decisión de ir a Alcázar de San Juan para alquilar un coche, el reconocimiento erróneo de que fueron objeto por parte de algunas personas, la publicación por la Prensa de las fotos de los supuestos terroristas autores del atentado contra el teniente general... Todos estos datos forman, según el fiscal, un círculo fatal en el que son atrapados los jóvenes.

La desesperación de las víctimas

El fiscal tiene frases disculpatorias para los denunciantes de Alcázar de San Juan, que cometieron un tremendo error, pero a los que nada se les puede imputar.Desde el momento en que son detenidos en Roquetas de Mar se entra en una actuación anómala por parte de los responsables de la comandancia de la Guardia Civil de Almería, actuación que el fiscal denuncia en su informe. Por ejemplo, la no aplicación de los derechos del detenido, puesto que a los tres jóvenes no se les aplicó la ley antiterrorista, la ausencia de atestado que recogiera sus declaraciones y la irregularidad del interrogatorio a que fueron sometidos.

Tras reconocer que las víctimas eran inocentes e imaginarse cuál sería su desesperación cuando se vieron conducidas en caravana y fuertemente custodiadas, el fiscal se pregunta si fue necesario disparar sobre el Ford Fiesta y producir la muerte de los jóvenes, aun admitiendo que alguno de ellos agrediese a los dos guardias civiles que iban en los asientos delanteros del vehículo. "Estamos convencidos de que no fue necesario", responde el fiscal, que afirma que los procesados teniente coronel Carlos Castillo Quero, teniente ayudante Manuel Gómez Torres y guardia Manuel Fernández Llamas, tuvieron la intención de matar a los tres jóvenes.

El representante del ministerio fiscal enumera los siguientes datos que, a su juicio, apoyan su tesis de que hubo intención de matar, lo cual caracteriza el delito de homicidio: existencia de tres coches de la Guardia Civil frente al Ford Fiesta de los detenidos; desproporción entre los once guardias civiles que componían la caravana y las tres víctimas; desproporción, igualmente, del armamento; terreno llano y desprovisto de vegetación, sin quebradas, que hacía imposible que escaparan. "No hubo razón alguna para acudir a las armas", y, además, los procesados tenían orden de llevar a los detenidos a Madrid y su obligación era la de llevarlos vivos", concluye el fiscal en este punto.

Respecto a la orden dada por el teniente coronel Castillo Quero de disparar, el fiscal mantuvo que aquella lo fue sobre el vehículo, y no sobre las ruedas, en primer lugar porque así consta en las primeras declaraciones de los que participaron en los hechos, luego modificadas, y, en segundo lugar, porque si se hubiera disparado a las ruedas algún impacto se hubiera hallado en éstas o en la parte baja trasera del Ford Fiesta o en el asfalto de la carretera. "Lo contrario sería suponer que los miembros de las fuerzas de seguridad del Estado no son expertos tiradores, y hasta ahí podríamos llegar", exclamó el fiscal. Respecto al teniente ayudante Gómez Torres y al guardia Fernández Llamas, el fiscal reconoce la existencia de obediencia debida como atenuante y no como eximente de responsabilidad, porque si bien la orden de disparar constituía en aquellas circunstancias delito, no puede ser la misma la, responsabilidad del jefe que ordena que la del inferior que obedece.

La Guardia Civil y los procesados

Tras el fiscal, el acusador particular, Darío Fernández, inició su informe. En medio de un silencio absoluto -ni toses ni movimientos de los asistentes en sus asientos-, Darío Fernández se refirió, calificándolas de precisiones previas, a la absoluta separación que él hace entre la Guardia Civil y Ia conducta antisocial de los procesados que han mancillado al benemérito cuerpo; a la duda razonable que existe sobre si en el banquillo están todos los que son; a la actuación confusa del equipo de atestados de la Guardia Civil, y a que el proceso sobre el caso Almería no pasará a la historia como un modelo de veracidad, lo que ha traído como consecuencia que "no sabemos la verdad de lo ocurrido".El acusador particular se refirió con palabras duras a los ciudadanos de Alcázar de San Juan que denunciaron la supuesta presencia de terroristas -"alegría ciudadana que hay que denunciar cuando no se tiene certeza", dijo- y censuró fuertemente la actuación de la Guardia Civil de Ciudad Real en su tarea de investigación sobre la errónea denuncia. A este respecto, resaltó que en la tarde del viernes, día 9 de mayo de 1981, antes de ser detenidas las víctimas en Roquetas, la Guardia Civil de Ciudad Real ya disponía de una fotografía de Luis Cobo, enviada a través del sistema Dex (fotocopiadora telefónica) por la comisaría de policía de Santander.

El acusador particular fue todavía más duro con la actuación del teniente coronel Castillo Quero en el interior de la comandancia de Almería, una vez conducidas a ella las víctimas tras su detención en Roquetas. "No surgen cosas extrañas en la comandancia, sino que es a posteriori cuando se acomodan", dice el acusador particular, que no duda en afirmar que el teniente coronel ha mentido en su versión y ha actuado cobardemente al destruir en la trituradora de la comandancia las notas manuscritas tomadas sobre el interrogatorio de los detenidos. "Esas notas hubiesen servido muchísimo al juez instructor, y fueron tomadas en el ejercicio de unas funciones para las que la sociedad dio al procesado su confianza, que no se merece", manifestó el acusador particular.

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