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Temas principales del nuevo convenio

El Convenio de Amistad, Defensa y Cooperación Hispano-Norteamericano, firmado ayer en Madrid por el núnistro español de Asuntos Exteriores, Pérez-Llorca, y el embajador norteamericano Terence Todman, consfituye un conjunto de diecinueve textos, integrado por el convenio básico, siete convenios complementarios, nueve anejos, dos apéndices y ocho canjes de notas, totalizando 145 folios. A continuación publicamos un breve resumen de sus puntos mas destacados:

Más información
España y Estados Unidos suscribieron el nuevo Convenio de Amistad, Defensa y Cooperación

- Según el convenio básico, queda salvaguardada plenamente la soberanía española. Hay un control estricto de España sobre el uso de las instalaciones en nuestro país por Estados Unidos. Tanto dicho uso, como las autorizaciones que conceda España a Estados Unidos, aparecen claramente delimitados. Cuando la utilización vaya más allá de los objetivos del convenio, "exigirá la autorización previa del Gobierno español".- Tanto el convenio básico como los complementarios se enmarcan dentro del ámbito del Tratado del Atlántico Norte.

- Este convenio y sus anejos correspondientes constituyen un conjunto de normas que regulan, con todo detalle, el control español del uso de las instalaciones en España y de las autorizaciones que se conceden a las Fuerzas Armadas norteamericanas en nuestro país.

- No habrá almacenamiento e instalación de armas nucleares en territorio español. Sólo por voluntad de España podrá alterarse esta política.

- En caso de amenaza o ataque exterior a España o a Estados Unidos, siempre que estén actuando dentro de lo previsto en el artículo 2.2 del convenio básico, la utilización de las instalaciones y autorizaciones concedidas a las fuerzas de Estados Unidos en España será objeto de consultas urgentes entre ambos Gobiernos. España podrá adoptar las medidas que estime necesarias en las instalaciones autorizadas a Estados Unidos en casos de emergencia para garantizar su seguridad nacional.

- Las bases o establecimientos estarán bajo el mando exclusivo español. La bandera y las insignias de mando que ondearán serán españolas.

- Las seguridades en las bases serán responsabilidad de España. Cualquier cambio en la configuración o finalidad de las instalaciones, cuyo uso haya sido autorizado a las Fuerzas Armadas norteamericanas, necesitará autorización previa española.

- Cualquier cambio en el nivel de fuerzas, despliegue o tipo de unidades norteamericanas deberá ser consultado y aprobado por las autoridades españolas.

- La utilización del territorio y espacio aéreo españoles por la fuerza de Estados Unidos se hará respetando los principios de soberanía y control españoles. Esta utilización se hará dentro del marco descrito anteriormente en el artículo 2.2 del convenio básico.

- Se establece un sistema flexible y detallado de autorizaciones para el sobrevuelo del espacio aéreo español, dentro del principio de control, por parte española, sobre las finalidades de los vuelos (artículo 2).

- Los buques norteamericanos de propulsión nuclear no pueden hacer escala en puertos españoles sin previa autorización del Gobierno español.

- Una buena utilización de las previsiones del articulado de este convenio puede abrir nuevas perspectivas de interés para nuestra industria, tanto de defensa como de otro tipo de suministros.

- Este convenio se configura como un complemento al convenio sobre el estatuto de fuerzas en vigor entre los dos países aliados de la OTAN.

- En tres canjes de notas se describen las instalaciones norteamericanas en España, las funciones que realizan, el número de unidades, el personal que las integra de forma permanente y rotativa y el personal que podrá ser destinado temporalmente. La cifra variable, aproximadamente unos 10.000 eñ las diferentes instrucciones, es comprobada trimestralmente por las autoridades españolas.

- Las instalaciones de apoyo que el nuevo convenio concede a Estados Unidos son las mismas que en el anterior tratado: Torrejón, Zaragoza, Morán, Rota y otras de menor entidad ya existentes.

- No habrá sobrevuelos nucleares sobre territorio español, salvo autorización previa y expresa del Gobierno español.

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