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El Parlamento vasco puede legislar en materia laboral

La sentencia del Tribunal Constitucional sobre el Consejo de Relaciones Laborales, en relación al recurso interpuesto el pasado mes de febrero por la Administración Central, ha provocado "satisfacción" en medios del Gobierno vasco. A pesar de que la sentencia anula la posibilidad de concertar acuerdos interprofesionales, el hecho de que se dé luz verde a la existencia de un órgano como el Consejo de Relaciones Laborales, aprobado por la Cámara el pasado mes de septiembre, reconoce que el Parlamento vasco tiene facultad para legislar en materia laboral.La creación del Consejo de Relaciones Laborales para la comunidad autónoma fue aprobado por el Parlamento vasco el pasado mes de septiembre con los votos favorales del Partido Nacionalista Vasco y Euskadiko Ezkerra. Según la ley aprobada, el mencionado organismo -compuesto por siete representantes de las centrales sindicales, otros siete de las patronales, y dos miembros designados por el Gobierno vasco- deberá formular propuestas laborales, adoptar acuerdos de carácter interprofeslonal y fomentar la negociación colectiva, entre otras cosas.

Aunque la sentencia del Tribunal anula la posibilidad de aprobar acuerdos interprofesionales, se da por hecho que en el seno del mencionado organismo se pueden elaborar y aprobar estos acuerdos aunque no vayan firmados por el Consejo de Relaciones Laborales.

La segunda función del Consejo de Relaciones Laborales impugnada por el Tribunal Constitucional es la relacionada con la potestad del mencionado organismo de extender convenio a las partes que no se ponen de acuerdo.

En opinión del Gobierno vasco, la sentencia es muy favorable porque permite crear el órgano de diálogo entre patronales y sindicatos. No sólo reconoce la facultad del Parlamento para legislar en materia laboral, sino que señala que "se podrán crear otras instituciones en la medida en que lo juzgue necesario para su propio autogobierno".

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