El impuesto sobre el valor añadido, más cerca
Discutida ya la reforma de,la imposición directa y personal, queda aún para la próxima legislatura todo el importante tema del área patrimonial, probablemente la parte más polémica y con más presión política de la reforma del sistema tributario.Al fin, este IVA, alineado a la sexta directiva de la CEE, nos llega, en vísperas todavía alejadas del ingreso de España en la Comunidad, como una necesidad, ahora no ya de nuestra entrada en el Mercado Común, sino del propio sistema tributario, amenazado de asfixia. Y llega casi sin debate, como corresponde a una figura tributaria ya uniforme, europeizada, armonizada en el tráfico internacional. Hay muy poco margen para la imaginación en el actual modelo europeo del IVA. Parece que suenan ya las horas postreras de nuestro ITE, heredero del Impuesto del Timbre y cuyas tarifas actuales no pueden ya elevarse más sin producir serias tensiones en el sistema productivo y distributivo.
Algunas reflexiones
Al hilo de la actualidad, pueden hacerse algunas reflexiones:
1. El IVA es un impuesto con ventajas e inconvenientes conocidos, pero con una característica que vale la pena subrayar: es un impuesto potente. Esto no es irrelevante en el actual momento de nuestro sector público. Y el IVA sustituirá ventajosamente a miestro viejo sistema de impuestos indirectos en cuanto a la inversión productiva y a la racionalidad económica si funciona como debe funcionar. Pero el primer riesgo es el desafío que supone el impuesto a la Administración tributaria. El IVA es un impuesto con la precisión de un castillo de naipes. Cada naipe es condición del equilibrio de todo el castillo. Será difícil que funcione el impuesto si se extiende la red de contabilidades dobles y fraude generalizado.
2. La ley reconoce amplios márgenes reglamentarios, y en especial en la fase transitoria. El paso de un impuesto en cascada como es el ITE a un Impuesto de Valor Añadido plantea unos problemas en materia de tratamiento de stocks, de inversiones deducibles y de deslizamiento de precios que necesitan un complejo proceso de ajuste. La experiencia internacional es muy rica en esta materia, donde hay una lección que aprender: antes de la entrada en vigor de la ley, hay que recorrer un extenso desarrollo que tenga en cuenta, además, la nada cómoda situación de nuestra coyuntura económica.
3. El nuevo impuesto no sólo va a significar un cambio trascendental de nuestra imposición indirecta, sino un cambio de estructura de toda la financiación pública. En primer lugar se abre paso a una financiación de la Seguridad Social más dependiente del Presupuesto del Estado y, por tanto, significará una aproximación de los sistemas de Hacienda y de Seguridad Social. En segundo lugar, al tributar a partir de ahora los minoristas, se configuran nuevos espacios de financiación para las Haciendas locales y para las comunidades autónomas, tal y como se anticipa en la LOFCA. La aparición del IVA supondrá, por tanto, una modificación de los actuales equilibrios -o desequilibrios- de la financiación del sector público.
En resumen: la ley que se aprueba ahora tiene dos trámites abiertos todavía: la futura ley de adaptación y entrada en vigor y el conjunto de disposiciones y de actuaciones administrativas que preparen la estructura de acogida que necesita el IVA para aterrizar felizmente en el sistema tributario español.
Hace casi ahora quince años se celebró en una semana de estudios de Derecho Financiero el primer debate técnico de España sobre la problemática de este impuesto. Recuerdo que terminé mi intervención diciendo que, evidentemente, la pregunta no era la de IVA sí o IVA no, sino IVA cuándo y cómo. Pues bien, la ley aclara gran parte de estas preguntas, pero¡ queda un largo itinerario hasta su entrada en vigor, tan importante como el texto legislativo que ahora aprobamos.
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