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Tribuna:El mundo colonialTRIBUNA LIBRE
Tribuna
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Las colonias: veinte mil leguas de imperio submarino

Cuando el Reino Unido, en 1833, ocupa las islas Malvinas, accede a un territorio de unos 12.000 kilómetros cuadrados; siglo y medio después, previa invasión, pierde la soberanía sobre casi medio millón de kilómetros cuadrados, superficie de la zona económica exclusiva generada por las islas en litigio.Los comentarios suscitados a raíz de la crisis argentino-británica han puesto de manifiesto, entre otras circunstancias, la existencia de importantes reservas de hidrocarburos y otros recursos -tanto vivos como no vivos- en el entorno de las islas; en estrecha relación con la existencia de tales recursos, sea cual fuere su dimensión, debe analizarse el hecho de la soberanía sobre las aguas, el lecho y el subsuelo marino.

Las islas Malvinas y sus dependencias sólo constituyen un fragmento de la estructura territorial británica en el Atlántico sur y, en particular, en la zona antártica. Las posesiones inglesas en dicha zona incluyen las islas Shetland del Sur, Orcadas del Sur y la península de Graham, en la Antártida, que, con sus correspondiente s zonas económicas exclusivas de doscientas millas y la plataforma continental, conforman un único territorio marítimo.

Algo más que unos islotes

En efecto, si se observa una carta batimétrica de la zona, la plataforma continental o, con más propiedad, el margen continental (constituido por la plataforma, el talud y la pendiente continental) enlaza la extremidad del continente americano, las Malvinas y sus dependencias, las Shetland y Orcadas con la citada península de Graham. Teniendo en cuenta las disposiciones de la III Conferencia de Naciones Unidas sobre el Derecho del Mar, que reconocen derechos de soberanía de los Estados ribereños sobre la exploración, explotación y conservación de los recursos vivos y no vivos de la zona económica exclusiva y de la plataforma continental, las Malvinas no pueden contemplarse como unas islas perdidas en los mares australes, sino que forman parte de una estructura territorial cohesionada. El Reino Unido, en consecuencia, pierde algo más que unos islotes azotados por los vientos australes.

Pero esto no es todo. Las aguas inglesas en el Atlántico sur se complementan con las zonas económicas exclusivas creadas por las islas; Tristán da Cunha y Gough, Santa Elena y Ascensión. Todo un rosario que transcurre desde el Ecuador al círculo polar Antártico. Resulta así que el Estado con una presencia dominante en el Atlántico sur -a excepción de los ribereños, lógicamente- es un Estado del Atlántico norte. Ello es relevante no sólo por la posibilidad de acceder a los recursos marinos, sino, como a nadie se le escapa, por razones de índole estratégica.

La herencia colonial

Sin embargo, el Reino Unido no es un caso único en este nuevo colonialismo marítimo. El proceso de descolonización desarrollado en la segunda mitad de este siglo ha tenido lugar fundamentalmente en los continentes, quedando multitud de territorios insulares -muchos de ellos apenas sin habitar- bajo la soberanía de antiguas potencias coloniales. Ello ha permitido que las zonas económicas exclusivas de doscientas millas de países como Estados Unidos, Reino Unido y Francia se vean notablemente incrementadas a partir de los territorios de ultramar.

Sin duda, el caso más significativo es el de Francia, que prácticamente multiplica por treinta la extensión de su zona económica exclusiva con los territorios de ultramar, aunque, si se tiene en cuenta el tamaño del territorio metropolitano y se compara con la superficie total de la zona económica exclusiva, el Reino Unido ejerce jurisdicción sobre un espacio marítimo cuarenta veces superior a su territorio insular.

Las consecuencias más inmediatas de este fenómeno podrían sintetizarse en:

1. Estamos ante la existencia de nuevos imperios coloniales fundados sobre las aguas oceánicas, el lecho del mar y su subsuelo, teniendo además presente que dentro de la zona económica exclusiva de doscientas millas se encuentra la casi totalidad de los recursos vivos, el 90% de los hidrocarburos y gran parte de otros recursos minerales.

2. La creación de las citadas zonas económicas a partir de pequeflas islas diseminadas en los océanos implica una merma sustanciosa del maltratado patrimonio común de la humanidad (el fondo del océano y su subsuelo más allá de los límites de la jurisdicción nacional), reducido ya al 64% del lecho oceánico.

Caso ejemplificador

El caso de las Malvinas resulta, pues, altamente ejemplificador y constituye sólo un aspecto parcial tanto de la situación británica como del resto de las potencias en las mismas o similares circunstancias. La comunidad intemacional debería plantearse si no concurren las suficientes razones para proceder al inicio de un nuevo proceso descolonizador. Todavía se está a tiempo.

Juan Luis Suárez de Vivero es profesor del Departamento de Geografía de la Universidad de Sevilla.

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