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Regulación de las ayudas públicas a disminuidos

El Real Decreto sobre Régimen Unificado de Ayudas Públicas a Disminuidos ha sido desarrollado por una orden del Ministerio de la Presidencia, publicada en el Boletín Oficial del Estado del pasado día 8, que especifica las diversas modalidades de ayudas, así como los ministerios de cuya competencia dependen las mismas.La citada orden ministerial establece cinco modalidades de ayudas: individuales, a familias, excepcionales, para actividades e institucionales.

Entre las ayudas Individuales se contemplan las de educación, rehabilitación y asistencia especializada. En todos los casos, la orden ministerial regula la compatibilidad o incompatibilidad en la percepción de ayudas por diversos conceptos. Así, en el capítulo de ayudas para educación, se especifica la compatibilidad entre las ayudas de reeducación pedagógica y de lenguaje, mientras que esta última es incompatible con las de terapia del lenguaje, que se contempla en la modalidad de ayudas para rehabilitación.

Por otra parte, las cuantías máximas de las ayudas serán, entre otras, de 65.000 pesetas por curso escolar, cuando se trate de ayudas de enseñanza, y de 15.000 pesetas, también por curso escolar, las ayudas para reeducación.

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