La LOAPA y el calendado legislativo
SOLO EL ofuscam.lento puede explicar -fuera de otras desagradables conjeturas- la insistencia del Gobierno y del PSOE en dar prioridad parlamentaria al proyecto de ley orgánica de Armonización del Proceso Autonómico (LOAPA), pasando por encima de la oposición de la Generalidad y del Parlamento de Cataluña y de las instituciones de autogobierno del País Vasco y concediendo a su tramiteición unos acentos de urgencia e imperiosidad que resultan exagerados. Casi todo el mundo está de acuerdo en que UCD y PSOE deben a la sociedad española una rectificación sustancial de sus anteriores estrategias autonómicas allí donde los resultados de las urnas les convierten en los árbitros de la situación y se hallan pendientes de elaboración o aprobación los estatutos de autonomía. No parece, sin embargo, que centristas y socialistas tengan autoridad política y argumentos legales para alterir unilateralmente los ámbitos y los contenidos de las corripetencias de que dísponen los regímenes autonómicos ya en funcionamiento.La circunstancia de que los estatutos de Sau y de Guernica quedaran aprobados por las Cortes Generales casi por unanimidad durante esta misma legislatura despoja de seriedad al proyecto ae que sean los mismos diputados y senadores centristas y socialistas quienes ahora dijeran Diego donde antes habían dicho digo. El argumento de que UCD y PSOE, aliados, disponen de una sobrada rrlayoría en ambas cámaras para imponer su voluntad coriculca probablemente la legalidad constitucional. De un lado, no termina de entenderse bien la razón por la que los socialistas condenaron, durante la etapa constituyente, los acuerdos entre UCD y Alianza Popular, considerándolos fruto espúreo de la mayoría aritmética, y saludan alborozados esa nueva mayoría, no menos aritmética, que trata de imponer sus decisiones a las minorías. Pero más grave es que la alteración de los estatutos de autonomía, a menos que se procediera a una previa refornia constitucional de, título VIII, sólo puede realizarse según los procedimientos de reforma que establecen en su articulado los textos estatutários y que implican, saijo aspectos menores, la celebración de un nuevo referéndum.
La LOAPA no debería ser dictaminada en comisión ni discutida en el pleno en esta legislatura, a menos que los grupos políticos mantenidos hasta ahora al margen de la negociación intervinieran en la elaboración del anteproyecto y dieran su acuerdo a los puntos conflictivos. La minoría catalana en el Congreso es el partido hegemónico en el Parlamento catalán y la formación política que gobierna la Generalidad. El PNV no sólo forma grupo autónomo en la Cámara baja, sino que controla las instituciones de autogobierno del País Vasco. Alianza Popular ganó brillantemente las elecciones al Parlamento gallego y preside la Xunta. Resulta casi grotesco que los tres grupos parlarnentarios con responsabilidad de poder en las tres comunidades autónomas en funcionamiento no sólo sean mantenidos al margen de las negociaciones en torno a la LOAPA, sino que se pretenda imponerles esa normativa mediante esa ley de las mayorías aritméticas contra la que el PSOE se insubordinó durante la elaboración del proyecto constitucional. Los estatutos de autonomía ya aprobados, que necesitaron un referéndum popular para entrar en vigor, son algo más que una ley parlamentaria, aunque sean algo menos que un artículo de la Constitución.
Mientras que la LOAPA no desarrolla ningún mandato constitucional, en la lista de espera del Congreso aguardan otras muchas leyes, la mayoría de carácter orgánico, que ya deberían haber sido elaboradas y discutidas por los diputados. La simple lectura de la disposición transitoria octava y de los artículos 68 y 69 de la Constitución muestra que los parlamentarios de esta segunda legislatura han incumplido un mandato constitucional tan urgente e ineludible como la aprobación de una nueva ley electoral. Otras normas tan im' portantes para la estructura del Estado o tan convenientes para las libertades ciudadanas como la ley orgánica del Poder Judicial, la ley orgánica del Código Penal, la ley orgánica de la Función Pública, la ley de Jurados, la ley de Emigración o la ley sobre Derecho de Asilo podrían ocupar perfectamente Ios trabajos parlamentarios, para acelerar o iniciar, según los casos, su tramitación en lo que resta de legislatura.
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