Las infracciones descubiertas en la cooperativa Astilleros Ojeda, presunto delito de estafa
El envío al ministerio fiscal de las actuaciones practicadas en la Sociedad Cooperativa Astilleros Ojeda y Aniceto, de Avilés, por si las infracciones descubiertas revistieran un delito de estafa de más de cien millones de pesetas, ha sido solicitado el pasado 14 de abril al delegado provincial. de Trabajo, sin que se haya realizado todavía el trámite, por el inspector que investigó la situación de esta cooperativa, constituida en agosto de 1978, después de que los anteriores propietarios abandonaran España dejando a su suerte a una plantilla de 160 trabajadores. La constitución de esta sociedad laboral fue apadrinada por Rafael Calvo Ortega, en tonces ministro de Trabajo y diputado de UCD por Asturias.
El inspector de Trabajo propone la máxima sanción posible a la empresa -quince millones de pesetas-, que deberá ser acorda da, en su caso, por el Consejo de Ministros, si bien la cuantía correspondiente por las supuestas infracciones debería superar los 44 millones de pesetas. Otras de las actuaciones propuestas -tampoco han sido aplicadas- consisten en abrir una investigación sobre la conducta seguida por los responsables o funcionarios de la Oficina de Empleo de Avilés, que registraron multitud de contratos temporales, y del Instituto de Mediación, Arbitraje y Conciliación (IMAC), de Avilés, que tramitó en un mismo día más de treinta conciliaciones por despidos aparentemente nulos, sin comunicar en uno ni otro caso las evidentes apariencias de irregularidades a la Delegación Provincial de Trabajo, la remoción de los titulares de los órganos de gobierno de la cooperativa y la intervención temporal de ésta con la finalidad de evitar la práctica continua de supuestas conductas ilícitas hasta normalizar y sanear la sociedad.Comprobaciones
Según el informe del inspector de Trabajo, ha sido comprobada la comisión de numerosas infracciones en materia de Seguridad Social, la connivencia entre la sociedad y 84 trabajadores para la obtención por parte de éstos del subsidio de desemplepleo, en unos casos por fin de contrato temporal, indebidamente concertado, y en otros, por despido ficticio seguido de conciliación ante el IMAC, la prestación de servicios por 53 titulares del subsidio de desempleo sin causar aIta en la Seguridad Social, la obtención de 158 préstamos del Fondo Nacional de Protección al Trabajo (FNPT) cuando el número de trabajadores dados de alta, hasta diciembre de 1980, era sólo de 51 de promedio, la solicitud y con cesión de préstamos a personas que nunca se integraron como trabajadores de la cooperativa, sin notificación al FNPT de esta circunstancia ni devolución del dinero percibido, y la irregular contratación de los socios cooperativistas mediante contratos temporales que ha reportado unas bonificaciones indebidas en las cotizaciones de la Seguridad Social en una cuantía de más de nueve millones de pesetas, entre mayo de 1979 y enero de 1981.
Por otra parte, el delegado provincial de Trabajo otorgó la escritura notarial correspondiente a la entrega de los 79 millones de pesetas de los préstamos a los cooperativistas sin que hasta la elaboración del informe haya sido justificadacon los documentos pertinentes la representación de los cooperátivistas o ratificads la escritura por parte de éstos.
El informe se refiere igualmente a la obstrucción e intentos de ocultación encontrados por el inspector de Trabajo para realizar su investigación y a la conducta de la junta rectora de la cooperativa, siempre en confIicto, afirma, con los más elementales principios exigidos por la legalidad vigente.
La mayoría de los cooperativistas se ha visto obligada bajo amenazas de expulsión, siempre según el informe, a trabajar diez horas diarias e incluso domingos, percibiendo de la cooperativa el complemento del subsidio por desempleo hasta alcanzar la cuantía del salario correspondiente.
La actividad del astillero llegó a paralizarse después del abandono de sus propietarios. La Delegación de Trabajo autorizó cuatro expedientes de regulación de empleo y el Fondo de Garantía Salarial se hizo cargo de las indemnizaciones por rescisión de contratos y de los débitos salariales pendientes, cuyo importe se aproximó a los treinta millones de pesetas.
El 5 de febrero de 1979, en campaña electoral, la presidencia del patronato del FNPT resolvió la concesión de los préstamos solicitados por los cooperativistas después de haber recibido un informe. en contra elaborado por su propio gabinete y otro a favor, y realizado por el presidente de la Federación Provincial de Cooperativas. De los perceptores de los préstamos, 31 nunca se incorporaron como trabajadores a la cooperativa. Por lo menos, cuatro de ellos han causado alta como trabajadores por cuenta ajena en otras empresas desde fechas anteriores a la solicitud de los préstamos.
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