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El Senado reintroduce en el texto de la ley de Divorcio la "cláusula de dureza" que prima la decisión del juez

El Pleno del Senado aprobó ayer el proyecto de ley de Divorcio, remitido por el Congreso de los Diputados, con dos únicas modificaciones, que significan en la práctica un aumento considerable del poder decisorio del juez en los procesos de divorcio.

La primera de ellas se refiere a la inclusión de nuevo, ya que fue suprimido por los diputados, del artículo 87, también llamado cláusula de dureza, es decir, la capacidad del juez para denegar el divorcio en los casos en que éste «causara perjuicios de extrema gravedad a los hijos menores o incapacitados o al otro cónyuge, habida cuenta su edad, estado de salud y duración del matrimonio». En cualquier caso, siempre existe el recurso de esperar a que transcurran siete años desde la denegación del divorcio para que éste sea concedido automáticamente.Sin embargo, el hecho de dejar a la subjetividad del juez la valoración de cuándo se causan perjuicios de extrema gravedad y cuándo no, provocó ayer un amplio debate entre los senadores sobre la ideología y preparación de los actuales jueces españoles. «No nos fiamos de ellos», fueron quizá las palabras más duras, pronunciadas por el senador socialista andaluz Cabrera, quien añadió: «En mi grupo estamos seguros de que algunos magistrados pueden camuflar en este artículo 87 sus furias antidivorcistas y, desde luego, dudamos mucho que los magistrados puedan sustraerse de esas ideologías conservadoras a que son tan afines la mayoría de ellos».

Otro socialista, el senador Arturo Lizón, destacó la incongruencia que significaba, a su juicio, tener que retrasar siete años este supuesto de divorcio. «¿Es que, transcurrido ese plazo, los hijos van a estar menos incapacitados o el cónyuge presuntamente perjudicado va a tener un mejor estado de salud o va a durar menos el matrimonio?», se preguntó.

El portavoz de UCD, Francisco Ruiz Risueño, calificó ambas intervenciones de «demagógicas», y alegó que tampoco era tan grave la inclusión de la cláusula de dureza, «ya que sólo afectará cuando uno de los cónyuges abandone el domicilio, no diga nada en cinco años y, al cabo de ellos, pretenda obtener el divorcio». Y advirtió a sus anteriores oponentes: «Si desconfiamos de nuestro poder judicial, estamos descalificando nuestro Estado de derecho»

El senador Rafael Nadal Company, del Grupo Cataluña, Democracia y Socialismo, realizó una exposición del papel que van a tener que jugar los jueces en un tono melodramático: «Sí yo fuera juez, no me gustaría ejercer como tal con un artículo como el 87», señaló, «porque la responsabilidad que se le cae encima está fuera de lo normal. De verdad, no me gustaría estar en la piel de los jueces».

El centrista Carlos Calatayud esgrimió reivindicaciones feministas para justificar la repesca de la cláusula de dureza: «Tengo aquí un escrito de la Asociación Católica de Mujeres Separadas», manifestó, «en el que me comunican que, por favor, introduzca en el Senado de nuevo el artículo 87, ya que me cuentan que en el 60% de los casos que ellas conocen el marido ha abandonado a su mujer y se ha desentendido totalmente de las pensiones económicas».

La segunda modificación importante, incluida en la disposición adicional sexta del proyecto, se refiere a que el juez podrá recabar, en los casos de mutuo acuerdo de los cónyuges, «la práctica de cualquier prueba reconocida en derecho durante un plazo improrrogable de diez días».

Los defensores de este párrafo, no incluido en el texto aprobado por el Congreso de los Diputados, argumentan que únicamente se pedirán las mencionadas pruebas en el caso de que falten los documentos que marca la ley (certificado de matrimonio, certificado de inscripción de los hijos, si los hubiera, y convenio regulador de bienes). Sin embargo, los oponentes aseguran que se trata de abrir una puerta para que el juez investigue la voluntad de los cónyuges, ya que -como señalaron en la sesión de ayer repetidas veces- este tipo de documentos está al alcance de cualquiera, «y no vemos ninguna razón, por tanto, para basar la petición de nuevas pruebas en su falta».

Otra de las novedades introducidas por los senadores, incluida, asimismo, en esta disposición adicional sexta, y que quizá resulte más curiosa para las mentalidades ajenas a criterios eclesiásticos, tal y como denunciaron los socialistas, es la necesidad de que el juez intente la reconciliación de los cónyuges que ya han decidido divorciarse, en un plazo máximo de cinco días.

« Si hay la más mínima posibilidad de que los cónyuges puedan reconciliarse, éstos, por la cuenta que los trae, intentarán volver a vivir juntos, ya que no son idiotas. Y si no la hay, ¿qué puede hacer el juez? Esto es absurdo», manifestó el senador socialista Cabrera. En esta misma línea se pronunciaron otros senadores del mismo grupo, que calificaron de paternalista y atípica, esta función del juez, «con reminiscencias curiles».

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