La ampliación detectó 200 millones sin justificar
La ampliación del informe, solicitada por Jesús Hermida a la vista de que los censores no habían podido tener acceso a justificantes que obraban en poder del Consejo Superior de Deportes (CSD), fue entregada el 24 de marzo de 1980.Tras examinar dichos justificantes, los censores señalan que gran parte de los mismos no suponen que las cantidades hayan sido aplicadas a los fines para los que habían sido presupuestadas. Hay más de doscientos millones sin justificar.
La ampliación del informe es breve, sólo seis hojas, si bien se acompaña de copias de las facturas que les fueron mostradas en el Consejo. Clasifican estos justificantes en tres categorías: a) Justificantes que consideramos respaldan el gasto realizado. b) Justificantes que entendemos demuestran la entrega de cantidades que no están amparadas, en el momento o con posterioridad, con documentación acreditativa de su aplicación definitiva al concepto presupuestario. c) Justificantes en los que consta que el importe se ha recibido a cuenta de determinado concepto, sin que posteriormente exista documento acreditativo de la liquidación de las entregas.
La ampliación del informe señala también que al justificar ante el CSD, la Federación «ha seguido la normativa administrativa dictada el 31 de junio de 1974 para las federaciones deportivas, si bien hemos de hacer constar: a) Dicha normativa aclara que a la justificación de gastos cada federación habrá de acompañar los justificantes originales, debiendo quedar en su poder copias de los mismos. En el caso presente, la RFEF no ha tenido en cuenta esta norma, ya que en dicha federación no figuran tales copias, según indicábamos en nuestro informe de 7 de diciembre de 1979. b) También en la indicada normativa se señala, que los justificantes que reciban las federaciones nacionales de sus regionales o provinciales para justificar sus subvenciones deben quedar archivados en aquéllas. A la Delegación Nacional (hoy, CSD) las federaciones nacionales remiten como justificante de tales subvenciones los recibos de los presidentes de las regionales o provinciales, recibos que deben expresar el importe de la subvención y el objeto de la misma. c) Los justificantes relativos a emolumentos y dietas de viajes, que deben ser individuales, deben llevar deducido el importe correspondiente al IRTP y, siempre que proceda, deben llevar también deducido el importe de la Seguridad Social. En base a lo expuesto en el apartado b) que antecede, señalamos a continuación relaciones que acompañan tan sólo recibos de los presidentes de las regionales o provinciales y cuyos justificantes de aplicación de las subvenciones recibidas no han sido exhibidos a los censores actuantes por la Federación». Y sigue una relación de gastos cuya suma es de 200.161.555 pesetas.
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