Otra convocatoria ilegal
La convocatoria de huelga médica acordada por la asamblea de la Confederación Estatal de Sindicatos Médicos para la semana de Pascua es ilegal. El decreto de 4 de marzo de 1977, única norma legal en vigor que regula la huelga, señala en su artículo 11, apartado b, que la huelga es ilegal «cuando sea de solidaridad o apoyo, salvo que afecte directamente al interés profesional de quienes la promueven o sostengan». La convocatoria de los médicos es claramente una huelga de solidaridad.En cuanto a los argumentos jurídicos para declarar ilegal la huelga de solidaridad anunciada en los centros sanitarios dependientes de las diputaciones, basta señalar que la jurisprudencia califica de ilegal aquella huelga que no pueda obtener respuesta por parte del empresario contra la que se ejercita la acción de fuerza. La defensa de la dignificación de la profesión médica que sirve de pretexto a la nueva convocatoria de paro corresponde a las instituciones estatales de las que depende la Sanidad, nunca a las diputaciones-empresas con las que los médicos puedan mantener relaciones contractuales de trabajo.
Es fácil imaginar, llevando el ejemplo al terreno de lo esperpéntico, la satisfacción que produciría a determinadas empresas necesitadas de regulación de empleo el que sus plantillas se declararan en huelga alegando que la ley del Divorcio, por no ir más lejos, no les satisface. El despido automático en este supuesto de ciencia-ficción sustituiría legalmente a la regulación de empleo.
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