Obediencia y ordenanza
En mi condición de capitán no quiero dejar sin aclaración la duda que el soldado E. R. manifiesta tener en la sección Cartas al director correspondiente al domingo 8 de marzo, cuando se pregunta si está obligado a obedecer a unos posibles jefes sediciosos, según él cree le han hecho prometer en el acto de juramento a la bandera.En primer lugar, quiero decirle al soldado que no puedo dejar de sorprenderme por el procedimiento empleado para aclarar una cuestión relativa al servicio, pues es su jefe inmediato, y no un periódico, el medio adecuado.
En segundo lugar, muy mal recluta ha debido ser, o muy malos sus instructores, si durante el período de instrucción no ha conseguido asimilar lo más elemental de las Reales Ordenanzas para las Fuerzas Armadas, que, en el artículo 34 -y con esto contesto a su pregunta- dicen textualmente:
«Cuando las órdenes entrañen la ejecución de actos que manifiestamente sean contrarios a las leyes y usos de la guerra o constituyan delito, en particular contra la Constitución, ningún militar estará obligado a obedecerlas; en todo caso, asumirá la grave responsabilidad de su acción u omisión»./
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