Hacia la racionalización de la función pública local
Cuando por la incapacidad de la Administración del Estado para llevar a cabo un proceso racionalizador de la función pública española estaba cundiendo la desesperanza entre aquellos funcionarios públicos -amplios colectivos- deseosos de servir mejor y más eficazmente a nuestra sociedad surge un intento de reforma en las corporaciones locales que abre nuevas vías de esperanza a los que empezaban a convencerse de que la eficacia y racionalización del sector público entraba en el terreno de las utopías.Sorprendentemente, este proceso, que se estaba extendiendo a otras corporaciones locales, se ve obstaculizado por la Dirección General de Administración Local, con su actitud de suspender el acuerdo al que había llegado el Ayuntamiento de Madrid con sus funcionarios.
Se aducen razones estrictamente legales para tomar esta medida, pero muchos trabajadores del Ayuntamiento y ciudadanos de Madrid entenderán mal, sin duda, que haya razones para, en estos momentos, interferir en las medidas racionalizadoras que, desde luego, introduce el acuerdo en cuestión.
La situación en el Ayuntamiento de Madrid
Tal vez convenga refrescar algunos datos significativos que se han citado en muchas ocasiones, pero que sirven para valorar dicho acuerdo:
La legislación vigente -promulgada en épocas anteriores a la Constitución de 1978- dispersada en un número considerable de decretos, órdenes ministeriales y circulares, llevó a una situación tan irracional que, dentro del Ayuntamiento -al igual que en otros organismos públicos-, sus empleados pueden tener hasta cinco jornadas laborales diferentes, según el régimen retributivo al que estén acogidos, y la aplicación de éste ha llevado hasta un total de veinticinco conceptos retributivos diferentes, de los cuales veintiuno son retribuciones complementarias.
Los aspectos del acuerdo
En este estado dé cosas, el acuerdo colectivo firmado por la Corporación y sus empleados introduce, a nuestro juicio, tres elementos fundamentales que permiten una valoración positiva del mismo y que son, precisamente, los que han motivado la actitud de la Dirección General de Administración Local,
En primer lugar, la negociación del acuerdo en sí, y precisamente porque introduce el reconocimiento de la negociación colectiva en la función pública española, principal punto de conflicto entre el Gobierno de UCD, que pretende privar de este derecho a los funcionarios públicos, y los sindicatos que quieren su reconocimiento para que la negociación colectiva (de todos los funcionarios) acabe con los reinos de taifas y las presiones de los que, dentro de la Administración, no negocian, pero imponen sus condiciones, aun a costa de desvirtuar el espíritu de la ley.
En segundo lugar, la homogeneización de horarios y turnos de vacaciones, tan necesaria para poder organizar el trabajo. Aspecto este abordado con valentía y responsabilidad por la Corporación y los sindicatos Y, que como era previsible, ha levantado polémica entre los que prefieren la irracionalidad en la jornada laboral, porque en ella amparan su escasa dedicación en el Ayuntamiento.
Y por último, la unificación de conceptos en retribuciones complementarias, uno de los argumentos en los que la Dirección General de Administración Local basa su acuerdo de suspensión, y que, desde nuestro punto de vista, ayuda sensiblemente a despejar el panorama retributivo. Los veintiún conceptos de retribuciones complementarias, que recordábamos antes, se reducen en el acuerdo básicamente a tres (complemento de destino, dedicación exclusiva y retribución complementaria), conceptos, por otra parte, contemplados en la legislación vigente.
Conclusiones
Con todo lo expuesto podemos preguntarnos qué hay detrás de la suspensión de este acuerdo, que viene a sumarse a la ya larga fila de actuaciones negativas del Gobierno de UCD en materia de función públ'ca. La respuesta hay que buscarla en los intereses de unos colectivos que defienden sus privilegios por encima de las demandas de la sociedad española de una Administración racional y eficaz. Son los mismos intereses que llevaron la polémica a las filas de UCD con el tema de las incompatibilidades o que condenan al fracaso cualquier borrador de anteproyecto de ley de función pública con algún intento racionalizador.
Y es responsabilidad del Gobierno acabar con este estado de cosas, porque nada ayuda más a deteriorar la función pública que mantener vigente una legislación promulgada con un espíritu contrario a los principios constitucionales. Una legislación que produce en la práctica contradicciones, tales como permitir sindicarse a los funcionarios y a la vez negarles la actividad sindical normal en todo país democrático, ejercer el derecho de huelga y no reconocerlo legalmente, producirse nuevas situaciones administrativas (transferencias de funcionarios ... ) sin estar contempladas en la ley.
En vez de suspender medidas que ayudan a racionalizar, el Gobierno y la Administración del Estado tienen el deber y el compromiso social de impedir que surjan estos conflictos, elaborando los proyectos de ley que reconozcan los derechos sindicales, establezcan las bases para el régimen esta tutario de los funcionarios públicos y determinen los márgenes de negociación colectiva en las administraciones públicas, limitados necesaria y únicamente por la competencia legislativa del Parlamento en materia de función pública, todo ello manteniendo un diálogo previo con las organizaciones sin dicales del sector.
Las corporaciones locales han iniciado una vía de diálogo y negociación que no deben abandonar. El camino por andar es largo si se quiere resolver la situación actual. Será necesario abrir marcos de negociación más amplios que permitan homogeneizar situaciones entre lo,, distintos ayuntamientos.
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