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Tribuna:TRIBUNA LIBRE
Tribuna
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La estadística y la política

Todo intento de buen gobierno de las personas y las cosas exige, dejando a un lado los presupuestos ideológicos, algo tan simple y complejo a la vez como es el conocer sobre qué realidad se gobierna; exige el estar perfectamente informado de las posiciones objetivas de partida para desde ellas, tomar las medidas adecuadas a fin de dirigir la sociedad a esa meta, quizá inalcanzable, entrevista por la ideología, y existe el seguimiento continuado de todo cambio sufrido por las personas uy y las cosas, de tal manera que su resultado sirva de indicador de las posibles desviaciones del camino deseado y, por tanto, oriente sobre las acciones rectificadoras más idóneas a tomar. Es claro que cuanto más, correcto y veraz sea este conocimiento de la realidad, las medidas de gobierno serán también más correctas.Prescindiendo de la intuición política, sin que esto suponga su minusvaloración, el conocimiento de la realidad para los fines del buen gobierno pasa por su cuantificación, o, o que es equivalente, por la obtención de estadísticas. Se ha destacado como carácter ineludible de las estadísticas el que pongan de manifiesto la realidad sobre la que el político trabaja, y ello con la máxima credibilidad, para lo cual resulta imprescindible que su obtención se lleve a cabo dentro de una independencia técnica, compatible con la necesaria inserción en el cuerpo del Estado, a fin de que el destinatario sepa que tiene ante sí la realidad, y no su realidad, quizá deformada por su particular visión ideológica o, por qué no decirlo, interesada.

Al menos avisado se le alcanza que la independencia técnica total es tan utópica como el conocimiento total objetivo de la realidad, pero ello no debe impedir que se arbitren los medios para acercarse a esa independencia. El Gobierno tiene que ser el primer interesado en procurar que tal cosa suceda; la sociedad ha de exigirle que ponga a su disposición la información correcta que precisa para la realización de sus propios fines, debiendo cuidar que las acciones del Gobiemo no lo impidan o dificulten. De aquí que los organismos encaminados de elaborar estadísticas hayan de situarse en la mayor medida al margen de los avatares políticos y sean permeables a las exigencias sociales en materia estadística, tanto más cuanto más importante sea ésta, siendo, por ello, necesario que la sociedad disponga de elementos que controlen no sólo la posible presión gubernamental sobre los productores de estadísticas, sino también el propio quehacer estadístico; es decir, si la producción estadística ha de servir al Gobierno para su toma de decisiones, y a la sociedad, para las suyas, surge insoslayablemente la necesidad de un control social, tanto de la planificación de la temática estadística como de su ejecución puntual.

Independencia de las estadísticas

La máxima independencia estadística pasa aquí y ahora por algo tan evidente como el lograr el mayor alejamiento entre los centros de decisión político-económicos y los centros de elaboración de estadísticas, en particular el Instituto Nacional de Estadística. Sin menoscabo de la deseada descentralización y desconceñtración de la Administración pública (artículo 103,1 de la Constitución), es preciso que el INE sea el organismo que realice los trabajos estadisticos que inciden de una manera directa en las decisiones de política económica y social a nivel estatal. Para ello, aparte de contar con los medios adecuados, necesita verse, en la medida de lo posible, alejado de las influencias políticas más a menos coyunturales. La independencia del INE es la base de su credibilidad, y ésta será tanto más débil cuanto más cerca se halle de los centros de decisión. El margen de maniobra en lo referente a su ubicación administrativa independendiente es pequeño; encontrar el lugar idóneo, difícil; dar con el menos adecuado, fácil; hoy día se ha conseguido esto último al incluirlo en el nuevo Ministerio de Economía y Comercio; esta afirmación no debe interpretarse como una particular sospecha de posibles intromisiones por parte de los rectores de la economía nacional en las funciones del INE. Tal sospecha sería infundada. Pero lo perfectamente admisible es la mala imagen y la razonable falta de confianza que los usuarios de las estadísticas, y el país en general, pueden sentir al contemplar la actual dependencia administrativa del INE. Sí realmente se desea por parte del Gobierno esta independencia, y en principio no hay por qué dudarlo, ¿por qué no dar al Instituto Nacional de Estadística un status administrativo análogo al del Tribunal de Cuentas o al del Banco de España?

Un instrumento necesario para las autonomías

Un Estado de las autonomías en el que éstas no dispusieran de las necesarias competencias para su gobiemo sería no más que una figura retórica sin contenido dinamizador. Por ello es preciso que en el campo concreto que se analiza, las autonomías posean, si lo estiman necesario, oficinas de estadística capaces de proporcionar la información precisa relativa a su territorio no facilitada por la oficina central. Sin embargo, y por la propia índole de la finalidad de las estadísticas, no es conveniente considerar esta competencia autonómica en el mismo plano de igualdad que las restantes. No se debe al azar que entre las competencias que la Constitución asigna a los territorios que acceden a la autonomía por el artículo 143 -no figuren las estadísticas (artículo 148,1), dejando, no obstante, implícitamente esta posibilidad a los que la logran pcr el artículo 151 (posibilidad plasmada en los estatutos vasco y de la Generalidad) o las autonomías vía artículo 143 pasados cinco años (artículo 148,2). Por otro lado, los redactores de la Constitución, conscientes de la trascendencia de las competencias estatales (artículo 149,1), y ante la conveniencia o necesidad de que alguna de ellas pueda ser transferida d las comunidades autónomas (en particular las «estadísticas para fines estatales », artículo 149,1,31ª), adoptan las máximas precauciones, plasmadas éstas en el artículo 150, concretamente la exigencia de una ley orgánica como medio legal de transferencia (apartado 2), amén de las salvaguardias que suponen los apartados 1 y 3 del mismo artículo, Es ocioso resaltar la imperiosa unidad de criterio metodológico que ha de regir en la planificación y obtención de las múltiples estadísticas de efectos estatales, tanto en lo que se refiere a su aplicación nacional como internacional (léase aquí, fundamentalmente, las negociaciones con la CEE).

De estas líneas no debe deducirse que se apueste por la centralización ni por la mera desconcentración administrativa, sino que han de ser tomadas como una llamada de atención al Gobierno y a los le gisladores para que no actúen, por desconocimiento o ligereza, de tal forma que en pocos años el país se quede sin la herramienta más importante para la toma de decisiones en materia de política económica y social. Las estadísticas son muy difíciles de montar y muy fáciles de desmontar. Las comunidades autónomas tienen el derecho y la obligación de obtener su propia información; pero este derecho y esta obligación no pueden, ni de ben, afectar al de España como un todo allí donde «lo exija el interés general». En esta línea de acción está redactado el artículo 150,3 de la Constitución. Por ello es imprescindible hallar la forma de compaginar ambos derechos y obligaciones, de manera que sufran lo menos posible las prerrogativas de las comunidádes autónomas y de España.

Hace falta una política de Estado

En la vía de buscar soluciones, la peor será la negociación bilateral como norma. Aqui, como en otros muchos asuntos, se impone una política de Estado:

-Elabórese una nueva ley de Estadística que, sustituyendo a la de 1945, contemple toda la realidad contenida en la Constitución y posibilite la difícil y costosa inserción de España en la organización estadística del Mercado Común.

- Defínanse, y es muy urgente, las «estadísticas para fines estatales» (artículo 149,1,31ª).

- Hágase periódicamente un plan nacional de estadísticas con rango de ley, cuya aprobación debe corresponder a las Cortes españolas.

- Dése carácter oficial nacional únicamente a las estadísticas contenidas en el plan en el que, obviamente, las comunidades autónomas puedan, si así lo desean, incluir las elaboradas por ellas.

- Contrólese la ejecución de las estadísticas del plan por medio de una Comisión del Congreso de los Diputados, de tal forma que él país tenga la garantía de que el Gobierno no se dejará llevar por una comprensible tendencia dirigista.

- Sométanselas estadísticas análogas contenidas en el plan a una metodología única, que no tiene por qué ser impuesta desde Madrid.

- Proporciónense los mechos suficientes, humanos y económicos, a unas tareas que, si no son rentables en sí, sí hacen que otras lo sean en tanta mayor medida cuanto más amplias, profundas, fiables y creibles sean las estadísticas.

Con las ideas expuestas no se agota la temática presentada a lo largo de estas líneas, sino que su finalidad radica en que puedan servir de base para una más profunda reflexión sobre los problemas que plantea la relación estadística y política suscitados por la nueva realidad de España plasmada en la Constitución.

Luis Ruiz-Maya Pérez es estadístico del INE y catedrático de Estadística.

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