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Los obispos "anatematizan" el proyecto del ministro de Justicia sobre el divorcio

«Si el proyecto de ley al que nos referimos llegara a promulgarse tal como está formulado, quedaría seriamente comprometido el futuro de la familia en España y gravemente dañado el bien común de nuestra sociedad». Con estas palabras resumen los obispos de la Comisión Permanente, que dicen hablar «ejerciendo nuestro derecho de ciudadanos» y cumpliendo «nuestro deber de pastores del pueblo de Dios», la declaración sobre el divorcio ayer publicada.

En todo el documento subyace la doctrina medieval sobre la familia, según el cual «el matrimonio es, por derecho natural, intrínsecamente indisoluble», de ahí que el divorcio no pueda ser considerado, «en principio, un derecho de la persona». Y pasando de la consideración de los principios a las constataciones sociológicas, añaden que «el divorcio, más que un remedio al mal que se intente atajar, se transforma en una puerta abierta a la generación del mal». Una consecuencia política se impone por lógica: «Que las normas jurídicas deberán reconocer, garantizar y fomentar esta estabilidad del matrimonio para estar de acuerdo con las exigencias del orden moral».Si el matrimonio entre varón y mujer no es un mero contrato, sino «una institución de la que brota para ellos un vínculo de carácter permanente», dice el documento, citando la instrucción de 1979, «consideramos que es absolutamente inaceptable el llamado divorcio consensual».

Esta declaración, en la que abundan citas de documentos anteriores, también dice respetar «la justa autonomía de la autoridad civil a la que corresponde legislar atendiendo a las exigencias del bien común». Lo que ocurre es que los obispos, en esta ocasión, especifican en qué consiste ese bien común: la indisolubilidad natural del matrimonio y «el respeto a los derechos y deberes de la persona humana». Y el político que no los respete «carece de razones para oponerse a la injusticia y a la anarquía» que ponen en peligro a la comunidad política.

La declaración pasa luego revista a los puntos inaceptables del proyecto de divorcio. A los obispos les preocupa «un divorcio que equivale al divorcio consensual», que hasta posibilita una reedición del viejo repudio veterotestamentario. Y en la nota correspondiente citan los artículos 81, 1º; 82, 5º; 86 bis y 87, dejando bien en claro que del mismo mal pecaba el proyecto Cavero, sólo que el proyecto de la comisión empeora las cosas.

El número seis es muy breve, pero es el más sustancioso porque hace una interpretación de los acuerdos con la Santa Sede que se oponen frontalmente al proyecto aprobado en comisión. En un lenguaje no siempre claro, y sirviéndose de una nota, la quinta, en la que se contemplan los artículos 60, 63, 49, 2º y la disposición adicional 2ª, 2, los obispos apoyan las tesis del Vaticano y de la Nunciatura. según la cual. el matrimonio canónico atiene consistencia jurídica», es decir, no es una forma, sino una clase de matrimonio, junto al civil. Y el juez civil, tanto en el registro como en el reconocimiento de las nulidades por tribunales eclesiásticos, Io que tiene que hacer es sancionar sin más requisitos al matrimonio o a los tribunales canónicos. El último punto recuerda a los casados por la Iglesia que, en el supuesto de que accedieran a un divorcio civil, ante Dios siguen siendo marido y mujer, hasta que un tribunal eclesiástico decida lo contrario.

A pesar de las muchas horas invertidas en el tema, este último documento de los obispos no tiene la claridad y precisión de los anteriores. Abundan las repeticiones, se simplifican puntos tan importantes como la teoría escolástica sobre el matrimonio, la cual, al hablar de la indisolubilidad por derecho natural, distingue entre una intrínseca y otra extrínseca, mostrándose muy cauto sobre la indisolubilidad de esta última. Y parece como que el tema más importante: el apoyo pastoral a la interpretación vaticana de los acuerdos, se hace con medias frases, colocando la sustancia en la letra pequeña de las notas 4 y 5.

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