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El capitán general propone un aumento de las penas impuestas en el "caso Galaxia"

El capitán general de la I Región Militar (Madrid), teniente general Guillermo Quintana, considera que las penas impuestas a los procesados en el consejo de guerra sobre la «operación Galaxia», celebrado el pasado día 6 del actual en el Gobierno Militar de Madrid, deben ser de un año y ocho meses para el teniente coronel Antonio Tejero Molina, y de un año y siete meses para el capitán Sáenz de Ynestrillas. Así se señala en el informe elaborado por la autoridad judicial militar de la I Región Militar sobre la sentencia dictada por el consejo de guerra, al que ha tenido acceso Efe.El capitán general de Madrid, autoridad judicial militar de la región, disintió de la sentencia, que condenó al teniente coronel Tejero a siete meses de prisión, y al capitán Sáenz de Ynestrillas, a seis meses y un día, como autores de un delito de conspiración y proposición para la rebelión. El Código de Justicia Militar prevé para este delito la pena de prisión, cuya duración está fijada entre seis meses y un día y doce años. En sus conclusiones, el capitán general de la I Región Militar disiente del fallo y estima que deben aumentarse las penas en la graduación arriba indicada. Mientras tanto, el general auditor de la I Región Militar se mostró de acuerdo con la sentencia y propuso alcapitán general de Madrid su aprobación definitiva.

El aumento de pena propuesto por la autoridad judicial militar de Madrid coincide prácticamente con el tiempo en que los dos militares condenados permanecieron en prisión provisional o atenuada en su domicilio, que fue de aproximadamente un año y medio. Medios jurídicos próximos al caso han indicado que los abogados defensores de los procesados han iniciado de nuevo las actuaciones previas a la vista que ha de celebrarse ante el Consejo Supremo de Justicia Militar, que ha de pronunciarse sobre el disentimiento del capitán general de la I Región Militar.

En los casos en que la autoridad judicial militar decide remitir los autos al Consejo Supremo de Justicia Militar, los defensores que hayan actuado ante el consejo de guerra sólo podrán ser ratificados en su nombramiento para actuar ante la máxima instancia judicial castrense cuando residan en Madrid, pudiendo serio por excepción los residentes fuera de esta capital, en el caso de que la autoridad judicial de quien expresamente lo soliciten estime que con ello no se causa perjuicio ni dificultad al servicio.

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