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La sentencia de la "operación Galaxia" será sometida a revisión

La autoridad judicial militar de la I Región ha disentido de la sentencia dictada para el teniente coronel Tejero y el capitán Sáenz de Ynestrillas, como autores de un delito de proposición y conspiración para la rebelión, cuyos hechos se conocieron como la «operación Galaxia». La decisión de la autoridad militar se interpreta como una revisión de la condena, calificada de benigna por amplios sectores democráticos y gubernamentales, por el compló organizado para ejecutar un golpe de mano sobre el palacio de la Moncloa, sede de la Presidencia del Gobierno.

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El teniente coronel Tejero, sorprendido por la decisión del capitán general

Ayer por la mañana los dos procesados fueron citados a la Secretaría de Justicia del Gobierno Militar de Madrid, donde les fue comunicada la decisión del capitán general. El teniente coronel Tejero había sido condenado en el consejo de guerra celebrado el pasado 6 de mayo a siete meses de prisión, y el capitán Sáenz de Ynestrillas, a seis meses y un día Aunque no existe explicación oficial, fuentes de Capitanía General confirmaron ayer que la autoridad judicial había disentido de la sentencia. A partir de este dato hay que considerar que ha entrado en juego el artículo 798 del Código de Justicia Militar que señala que el auditor -en este caso concreto, el general Teodoro Fernández Díaz- eleva un dictamen sobre- la sentencia del consejo de guerra a la autoridad judicial, en el que propone que apruebe la sentencia si puede ser ejecutada tras esta aprobación, como era el caso juzgado en esta ocasión, o bien propone la remisión al Consejo Supremo de Justicia Militar, por no considerarla ajustada a la ley.De acuerdo con las declaraciones a la agencia Efe del teniente coronel Tejero, el auditor no había disentido en su informe de la sentencia, pero la posición del auditor no es vinculante y la decisión final es de la exclusiva competencia del capitán general.

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El Consejo Supremo de Justicia Militar decidirá definitivamente sobre la "operación Galaxia"

Viene de primera páginaContando con la inexistencia de información oficial, surge cierta duda sobre la posibilidad de que se hubiese considerado la aplicación del artículo 801 del Código de Justicia Militar, que previene que la autoridad judicial y su auditor encuentren algún «defecto esencial» o que hubiesen surgido «hechos o pruebas nuevas tan trascendentales que a su juicio hagan variar fundamentalmente el proceso», en cuyo supuesto ordenan que se vuelvan los autos al momento procesal oportuno.

Sin embargo, así confirman fuertes jurídicas militares, este supuesto no parece que tenga, aplicación en este caso, ya que la información ofrecida en la propia capitanía general habla textualmente de disentimiento.

Es por tanto el Consejo Supremo de, Justicia Militar quien habrá de juzgar definitivamente sobre la causa, Aunque los procesados no han hecho pública su decisión, la agencia Efe señala que en medios jurídicos próximos al caso se apunta la posibilidad de que designen a los mismos defensores ante el Consejo Supremo de Justicia Militar que los que les representaron ante el consejo de guerra, José María Stampa Braun y Enrique Alonso Yagüe.

El disentimiento de la sentencia del consejo de guerra, según informan fuentes jurídico-militares, es un supuesto muy poco frecuente en la práctica.

El Consejo Supremo de Justicia Militar está presidido en la actualidad por el teniente general Luis Otero Saavedra. La función judicial propiamente dicha la ejerce, en este caso, la Sala de Justicia del consejo.

La sentencia del consejo de guerra que condenó al teniente coronel Tejero y al capitan Sáenz de Ynestrillas había causado profunda sorpresa en medios jurídicos, militares y del propio Gobierno. La sentecia llamó poderosamente la atención, no sólo por la expectación que había despertado la llamada «operación Galaxia», sino porque los resultandos de hechos probados confirmaban con sustancial exactitud las informaciones que habían trascendido sobre la supuesta actividad delictiva de los dos procesados, mientras que la penas impuestas fueron consideradas como extraordinariamente benignas.

En fuentes cercanas al Gobierno, relacionadas con la defensa, y durante los últimos días, se guardaba la máxima discreción y se rehusaba aventurar cualquier posibilidad en tomo al desenlace del tema y a la decisión que pudiera. adoptar el capitán general.

La agencia Efe, que cita fuentes militares de la máxima solvencia, señalaba ayer que éstas declinaron pronunciarse sobre las causas del disentimiento ante la sentencia, aunque indicaron que «en la decisión no ha habido influencias de nada ni de nadie».

La sentencia será enviada al Consejo Supremo de Justicia Militar y se da traslado de las actuaciones al fiscal togado, en este caso, el general Joaquín Lobón Valverde. El consejo señala día para la vista, a la que asisten los defensores, pero no los procesados, y el Consejo Supremo dicta sentencia firme definitiva.

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