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La seguridad social de los futbolistas en el "BOE"

El régimen especial de la seguridad social de los futbolistas profesionales, aprobado en el Consejo de Ministros del pasado día 7, fue publicado ayer en el Boletín Oficial del Estado. Este régimen especial comprende las siguientes prestaciones: asistencia sanitaria en los casos de enfermedad y accidente y maternidad; prestaciones económicas y recuperadoras en las situaciones de invalidez permanente absoluta para todo trabajo o gran invalidez; prestaciones económicas en caso de muerte y supervivencia.El articulo tercero determina que, con carácter obligatorio, el régimen especial de la seguridad social comprenderá a los futbolistas profesionales que residan y ejerzan normalmente su actividad en territorio nacional. Los futbolistas extranjeros profesionales se atendrán a lo dispuesto en la ley general de la Seguridad Social.

Los clubes de fútbol tendrán la consideración de empresas y el tipo de cotización aplicable será del 12,40%, del que un 8,27% irá con cargo a la empresa, y el 4,13%, por cuenta del futbolista.

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