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La libertad de expansión supraprovincial de las cajas de ahorro favorecerá los procesos de fusión

El ya iniciado proceso de fusiones y concentraciones entre las cajas de ahorro españolas pudiera verse incentivado notablemente por las inminentes disposiciones que en materia de liberalización de la apertura de nuevas oficinas prepara el Ministerio de Economía, según las impresiones generalizadas imperantes en el sector. La nueva normativa, que el Gobierno aprobará previsiblemente antes de fin de año, supone de hecho la libertad absoluta de expansión para las grandes instituciones, lo que condicionará sin duda el futuro de las cajas del país.

La liberalización de la apertura de nuevas oficinas ha sido una de las reivindicaciones más constantes exteriorizadas por las grandes cajas de ahorros del país. Esta demanda se agudizó a partir de 1975 cuando, a raíz de las disposiciones liberalizadoras del entonces ministro de Hacienda, Antonio Barrera de Irimo, la banca privada inició un espectacular proceso de expansión que ha duplicado su red de oficinas en apenas tres años. Frente a la relativa libertad de abrir nuevas oficinas de la banca, las cajas se encuentran limitadas en su expansión a la provincia en la que se encuentre su sede social, y a aquellas localidades en las que tuvieran ya oficinas antes de la promulgación de las normas limitadoras. Desde las normas liberalizadoras del sistema financiero del verano de 1977, cuando la vicepresidencia económica estuvo ocupada por Enrique Fuentes Quintana, las cajas de ahorro se encuentran prácticamente equiparadas a la banca privada en lo que a operaciones se refiere. También están autorizadas a instalar nuevas oficinas en el extranjero, previa la correspondiente conformidad de las autoridades monetarias españolas y del país correspondiente.Pese a la autorización legal para operar en similitud a la banca privada, las cajas de ahorro apenas han iniciado algunas de las actividades que son propias del sistema bancario, especialmente el descuento de papel comercial (letras). Ello se debe esencialmente a la falta de adecuación de sus estructuras a este tipo de operaciones, pero también a la ralentización con que la Administración viene autorizando las reducciones de los coeficientes de inversión obligatoria programadas en el verano de 1977. Actualmente, los coeficientes de inversión obligatoria de las cajas totalizan el 38% del volumen de sus recursos.

Regionalización

El principal factor de modificación del actual status territorial de las cajas de ahorro que se introducirá probablemente con la nueva legislación es la consideración de la región como ámbito natural en lugar de la provincia, que era la demarcación señalada hasta ahora. Este cambio se relaciona directamente con otro proyecto paralelo que actualmente considera la Administración: la regionalización de las inversiones de las instituciones de ahorro y el reparto de competencias al respecto. En principio, parece que el Ministerio de Economía estaba interesado en promulgar al tiempo ambas disposiciones, pero la disparidad de criterios y falta de definición de las cuestiones esenciales en el tema de la regionalización pudiera retrasar la regulación de la actividad inversora de las cajas hasta que los respectivos entes autonómicos hayan alcanzado una mayor cohesión a nivel de todo el Estado.Según uno de los proyectos de decreto más recientes -se han producido numerosas modificaciones en los textos-, la libertad de expansión de las cajas de ahorro quedará limitada por importantes factores, haciéndola sólo accesible a las grandes instituciones. En principio sólo podrán abrir oficinas en regiones distintas a las de sus propias sedes las cajas con más de 50.000 millones de pesetas en recursos ajenos y cuyo coeficiente de garantía (recursos propios sobre ajenos) sea del 6%. Las localidades en las que podrán establecerse serán solamente aquellas que superen los 400.000 habitantes. Además, sólo podrá ejercerse la posibilidad si las cajas con sede en las demarcaciones elegidas están a su vez en condiciones de expansionarse. Esta última limitación se ha introducido, al parecer, con objeto de salvaguardar el futuro de dos instituciones de Sevilla, que cuentan con 16.000 y 27.000 millones de pesetas de recursos. En virtud de los balances de las cajas de ahorro integradas en la CECA, sólo quince instituciones rebasarán los 50.000 millones en recursos ajenos el próximo 31 de diciembre; dos de ellas todavía no habían alcanzado esa cifra en septiembre pasado. El total de cajas en España es actualmente de 81 instituciones.

Uno de los puntos que, sin, duda, gravitarán en mayor medida sobre las cajas de dimensión más reducida, de los incluidos en la nueva normativa, es la autorización para abrir sin limitación nuevas oficinas en todo el territorio de la región en la que radique su sede central. Esta medida favorecerá, sin duda, la preponderancia de las grandes instituciones y promoverá probablemente nuevas operaciones de fusión a nivel regional. Asimismo, cuando una caja posea ya seis oficinas en una determinada provincia, de una región distinta a la de su sede social, podrá expansionarse libremente dentro de esa provincia. A efectos de consideración regional, la disposición fija las actuales delimitaciones de autonomías y preautonomías y las provincias de León, Logroño, Madrid, Navarra y Santander.

La nueva normativa reguladora de la apertura de oficinas de las cajas de ahorro ha sido ya ultimada por los expertos del Ministerio de Economía y, al parecer, consultada a la Confederación Española de Cajas de Ahorros (CECA), cuyos responsables habrían incorporado algunas sugerencias, que acaso pudieran ser completadas a propósito de la asamblea general extraordinaria que hoy celebra en Madrid. Según diversas fuentes consultadas, la correspondiente orden ministerial pudiera ser aprobada antes de que concluya el año.

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