El PSOE impugna la legalidad del nuevo Gobierno Suárez
El Partido Socialista Obrero Español (PSOE) desea que el orden del día del Pleno que mañana celebrará el Congreso de los Diputados le permita impugnar la legalidad del actual Gobierno de Adolfo Suárez. Según informó a EL PAIS un portavoz del grupo socialista, la formación del nuevo Gobierno «es ilegal, porque se han saltado a la torera la Constitución». La base jurídica en la que el PSOE apoya su argumentación reside fundamentalmente en la creación de nuevos ministerios.
Los socialistas solicitaron ayer formalmente que en el orden del día del Pleno de la Cámara, previsto para mañana, se incluya un punto dedicado a la «presentación del Gobierno, del programa de los distintos ministerios y de las razones que han inducido y base legal de apoyo para la creación de nuevos ministerios». Para que se discuta esta propuesta, los socialistas no consideran suficiente la reunión de la Mesa del Congreso, que se celebra hoy, y desean «que se convoque con toda urgencia junta de portavoces de grupos parlamentarios y formaciones políticas antes del próximo miércoles, para discutir el orden del día de la sesión y nuestra petición incluida en este escrito».El propio reglamento del Congreso establece que «cuando el Gobierno se presente por primera vez al Congreso, formulando la correspondiente declaración, en la discusión podrá intervenir un representante por cada uno de los grupos parlamentarios, con un solo discurso y una sola rectificación». Según fuentes socialistas, esta previsión reglamentaria no debe dilatarla el Gobierno hasta la constitución definitiva del Congreso o la formación de los grupos parlamentarios. Basan su posición en que si fue suficiente el Congreso interino para otorgar la investidura, bastará también esta Cámara, en su estado actual, para que se presente a ella el nuevo Gobierno, que habrá de formular una declaración que, esta vez sí, tendrá que someterse reglamentariamente a discusión.
Según informó a EL PAIS el diputado socialista Virgilio Zapatero, el planteamiento de su grupo se desdobla en dos vertientes: jurídica y política. En el primer aspecto, se considera ilegal la reforma administrativa realizada previamente a la formación del nuevo Gobierno, especialmente en lo que se refiere a la creación de nuevos ministerios, no amparada por el decreto-ley de 8 de octubre de 1976 y desautorizada por el artículo 98 de la Constitución, que establece la necesidad de una ley para fijar la estructura del Gobierno.
En el aspecto político, los socialistas consideran necesario que el Parlamento -al que no se le permitió un debate previo a la investidura de Adolfo Suárez- tenga oportunidad ahora de conocer y discutir la formación del nuevo Gobierno, su programa y el de los distintos ministerios. Aunque no existe confianza en la viabilidad de la impugnación del nuevo Gobierno, los socialista desean dar la batalla parlamentaria para demostrar, al menos, el poco respeto de Unión de Centro Democrático (UCD) hacia el texto constitucional y los usos democráticos que la Constitución instaura.
¿Gobierno ilegal?
Al margen del planteamiento político del primer partido de la Oposición, la postura jurídica del PSOE contra la reforma administrativa que ha elevado de diecinueve a veinticuatro los miembros del Gabinete, se basa en la supuesta ilegalidad del decreto de 5 de abril, «por el que se reestructuran determinados órganos de la Administración Central del Estado». La reforma de la estructura del Gobierno la fundamentó el citado decreto en «la autorización concedida por el artículo 26 del real decreto-ley 18/1976, de ocho de octubre». El citado artículo del mencionado decreto-ley «sobre medidas económicas» decía así: «Con objeto de obtener una mayor economía en los gastos públicos y una mayor eficacia en la gestión de los servicios, el Gobierno, a propuesta de su presidente, podrá acordar la supresión, refundición o reestructuración de los departamentos ministeriales ... ».La interpretación socialista es que tal decreto-ley no ampara en ningún caso la creación de nuevos departamentos -como el de Administración Territorial-, por lo que subsiste la regla general establecida en el articulo tercero de la ley de Régimen Jurídico de la Administración del Estado, que exige una ley para la creación o reforma sustancial de los ministerios. En todo caso, estima que la Constitución impide utilizar la fórmula del decreto-ley, y menos aun la del decreto, para reformar la estructura de la Administración Central.
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