Aclarada la aplicación del impuesto sobre la renta
El incremento de las deducciones en la cuota del impuesto sobre la renta de las personas físicas, la obligación de tributar conjuntamente renta y patrimonio, la consideración de ingresos de todos aquellos disfrutes no dinerarios (por ejemplo, el de la vivienda gratuita) y el sistema de devolución del exceso que pudiera darse en las retenciones efectuadas durante el año respecto a la cuota resultante en la declaración anual son algunos de los aspectos más interesantes del reglamento de aplicación del nuevo impuesto sobre la renta de las personas físicas, que el Ministerio de Hacienda ha repartido ya entre los restantes departamentos ministeriales.El reglamento, que supone el cierre del nuevo esquema impositivo español, pudiera ser estudiado en las próximas semanas por el Consejo de Ministros para su definitiva aprobación.
Además de las innovaciones señaladas para la declaración sobre la renta, el reglamento prevé la posibilidad de que los españoles actualicen los valores de sus propiedades a efectos patrimoniales. Esto permitirá en un futuro mantener un esquema más realista en la aplicación de las plusvalías, ya que la mayor parte de las propiedades escrituradas en los últimos años constaban con un valor muy inferior al real en las escrituras notariales de compraventa. A efectos de clarificación, el reglamento prevé que en la declaración de patrimonio presentada en 1980 (correspondiente a 1979, primer año de aplicación del nuevo impuesto) se fije un valor de mercado a las propiedades (especialmente pisos), que será determinante para la sucesiva aplicación del impuesto sobre plusvalías.
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