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Juicio en Madrid contra diez presuntos miembros de ETA

Ayer quedó visto para sentencia en la Audiencia Nacional el juicio seguido contra diez presuntos miembros de ETA militar, de los que sólo cinco estuvieron en la sala. Tres no pudieron llegar debido a las condiciones meteorológicas, que impidieron la salida del tren procedente de Irún, y a José Luis Redonde, que cumple el servicio militar en Colmenar, no le dieron permiso para asistir al juicio. Según la policía, a los acusados, que negaron pertenecer a la organización ETA, se les ocuparon en el momento de su detención una pistola, dos subfusiles ametralladores, tres cargadores de subfusil, ochenta cartuchos, ocho paquetes de pólvora, cuatro metros de mecha lenta y kilo y medio de tuercas y tornillos.

Los cinco acusados presentes, Manuel María Oscoz, Felipe Iglesias, Eloy Lopetegui, José M. Zubizarreta y Josefa Arrospide, afirmaron no conocerce entre sí, salvo algunos de ellos, e ignoran el contenido de la bolsa que portaba las armas, que tuvieron alrededor de dos días en algunas de sus casas pensando que se trataba de herramientas de fontanería, ya que esto les dijo otro de los encausados, Imanol Nogueira, persona «de la que el ministerio fiscal -según dijo Iñaki Esnaola, defensor de dos de los encausados presentes- parece conocer los antecedentes, pues dice que tiene cuatro delitos de cheque sin fondos y varios de estafa. Los que vivimos en el País Vasco conocemos las andanzas de Nogueira, puesto que le hemos visto con anterioridad en numerosas cárceles del Estado».Según las declaraciones de los procesados, las armas, de cuya existencia se enteraron muchos de ellos en la comisaría, según dijeron partieron del domicilio del padre de Manuel María Oscoz y, al parecer, pertenecían a su hermano muerto en un accidente. La trayectoria de dichas armas comenzó cuando el padre del señor Oscoz, también fallecido, le dijo a éste que quería deshacerse de ellas, pero que él no podía hacerlo, pues se encontraba enfermo. Manuel María Oscoz comentó el tema con Imanol Nogueira -que no se presentó al juicio y que, de no hacerlo, será declarado en rebeldía-, a quien conocía por ser compañero de trabajo. La bolsa con las armas fue llegando de unos a otros a través del señor Nogueira y de otros de los procesados y fueron encontradas en el domicilio de Josefa Arrospide, adonde se dirigieron Nogueira y otro de los procesados, ausentes de la sala, cuando ella se encontraba trabajando Según la procesada, ignoraba el contenido de la bolsa hasta el punto de que la policía la recogió de encima de un mueble, donde los anteriores la habían dejado dos días antes, y no procedió a ocultarla, lo que hubiera sido normal de saber que se trataba de armas Cuando a Josefa le hablaron en el juicio de lo que declaró en la comisaría manifestó que «la declaración ya estaba hecha cuando fui detenida». Lo mismo afirmó José M. Zubizarreta: «Yo no lo declaré; ya estaba todo declarado cuando me interrogaron.» Otro de los presentes, Felipe Iglesias, se refirió a un pequeño paquete que le fue entregado y que, al parecer, contenía una pistola: «Yo dije en la comisaría que me entregaron un paquete y ellos pusieron una pistola.»

El fiscal elevó a definitivas las conclusiones en los procesados presentes -pide seis años para Imanol Nogueira y tres para todos los demás, excepto para Eloy Lopetegui, para quien solicita un año de prisión menor- y dijo que, no obstante, pretendía que se aplicara el artículo 264 del Código Penal, pero en su antigua redacción, que resulta más beneficiosa para los acusados, según explicó, porque incluye el depósito de armas y explosivos en un solo delito y da al tribunal la posibilidad de reducir la pena si los procesados no han hecho uso de los mismos ni daño con ellos. El fiscal dijo también que el depósito de armas y explosivos «no tuvo consecuencias luctuosas, sino que fue una tenencia peligrosa en los momentos que el país corre: unas municiones, mecha y kilos de pólvora que pasan de manos de uno a otro como falsa moneda».

Según el fiscal, los procesados tuvieron «quizá una incipiente adhesión a ETA, pero sin estar integrados, y guardaron las armas como un favor, por lo que pedimos mantener las penas pedidas, las mínimas, pero sabiendo que han querido tener armas y explosivos».

El procesado José M. Zubizarreta presentó un informe médico en el que se daba cuenta de que sufre alteraciones psíquicas, hasta el punto de que, después de su denteción, ha sido excluido del servicio militar por padecer una enfermedad de tipo oligofrénico que, según los médicos, hace que su personalidad sea la de un niño de nueve a doce años. No obstante, el fiscal pide para él tres años de prisión.

Los abogados basaron la defensa en varias sentencias del Tribunal Supremo, entre ellas la de 11 de noviembre de 1932, que dice que si las armas no se tienen -y los acusados no conocían su existencia, explicaron los letrados- ni se ha llegado a emplear, si no hay una intención dolosa en la actuación y no se conoce el destino de las mismas no existe depósito de armas. Por ello pidieron la libre absolución de sus patrocinados.

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