Jardines históricos
Deseo aprovechar la oportunidad brindada por el reciente coloquio que, sobre el tema del Patrimonio Artístico Nacional, se produjo en el programa de televisión La clave, para hacer unas breves consideraciones sobre algunos elementos de nuestro patrimonio que son prácticamente desconocidos.Coincido totalmente con Santiago Amón (a propósito, ¿qué se ha hecho de sus críticas de arte en EL PAIS?) en la necesidad de cambiar el obsoleto criterio de «lo artístico» por el de «lo histórico-artístico» o incluso por el de «lo histórico», término éste que refleja una realidad objetiva y no encierra apreciaciones subjetivas de cara a su valoración y a su conservación -como integrante del Patrimonio Artístico Nacional.
Sólo lamento que, en el coloquio citado, se hablara desde catedrales hasta ánforas, pasando por ermitas, edificios urbanos y pinturas, a más de otros muchos, y, sin embargo, no se hiciera mención explícita de los que seguramente son nuestros bienes históricos más escasos: los jardines históricos . Y me extraña; porque me consta que tanto Santiago Amón como Juan Ignacio Sáenz Díez son personas conocedoras del tema e interesadas en el mismo.
Quisiera, pues, exponer unos pocos datos reveladores de la penuria y el abandono en que se encuentran nuestros jardines históricos:
1. Los jardines se consideran «artísticos», y por tanto dignos de conservación según los criterios señalados en el decreto de 31 de julio de 1941, criterios hoy anticuados, insuficientes e inoperantes.
2. Ningún jardín es considerado «artístico» en tanto no se apruebe el correspondiente decreto, previa incoación del expediente; según la relación de la Dirección General del Patrimonio Artístico (relación puesta al día en enero de 1974), el último decreto de esta índole data del 25 de febrero de 1955.
3. La citada relación engloba veintisiete jardines, de los cuales alguno ya no existe.
4. La protección a los jardines señalados por los decretos no es efectiva, como puede comprobarse por el estado de la mayoría de ellos, entre los que cabe destacar el Retiro de Madrid, Jardín Botánico de Madrid, el Carmen de los Mártires de Granada, el Pazo de Castrelos y el Pazo de La Pastora, ambos en Pontevedra.
5. Existen otros jardines de indudable valor histórico, no «protegidos» legalmente, como son, por ejemplo: los de la Real Fábrica de Paños de Brihuega (Guadalajara), el Pazo de Oca (Pontevedra), el Pazo de Santa Cruz de Rivadulla (La Coruña) y los jardines, de Narváez (Granada).
Por ello, quisiera que esta carta fuera un toque de atención a los responsables de la Dirección General y un llamamiento a la opinión pública para que:
-Se modificara la legislación, actualizándola.
- Se conservara y se restaurara debidamente cualquier muestra histórica de la jardinería, respetando peculiaridades y estilos; y
-Se divulgara la riqueza cultural que estos jardines suponen, antes de que con el paso inexorable del tiempo estos jardines se convirtieran en solares, vertederos u otras vergüenzas irreversibles.
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