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Industria y Comercio descalifican a Hidro Nitro como empresa de servicio público

El Ministerio de Comercio resolvió ayer la consulta planteada por Hidro Nitro Española, en el sentido de que ésta no reúne las condiciones de empresa de prestación de servicios públicos, según se ha señalado a Europa Press en fuentes de la Administración.En consecuencia. no pueden ser aplicadas a los socios extranjeros de Hidro Nitro. Pechiney Ugine Kulrnann, las limitaciones legales que sobre participación de capital extranjero se derivarían de tal conceptuación.

La resolución del Ministerio de Comercio ha estado motivada por la solicitud formulada en el mes de marzo del pasado año por el accionariado mayor;tario de Hidro Nitro, para que el Ministerio definiera el porcentaje máximo admisible de capital extranjero de PUK en la sociedad, ya que en el supuesto de tratarse Hidro Nitro de una empresa de prestación de servicios públicos el porcentaje máximo no podría sobrepasar (para los extranjeros) el 25

En la resolución del Ministerio de Comercio se señala que la tesis de Hidro Nitro. en el sentido de que es empresa de servicio público, no es defendible, ya que entre otros arqumentos contrarios caben destacarse: en la Bolsa de Madrid se clasifica como empresa quím¡ca (claramente separada de la rúbrica de las eléctricas); consume mucha más energía que la que produce. no forma parte de UNESA ni se encuentra entre las empresas acogidas al SIFE, y sus actividades ajenas a la energía eléctrica son las que tienen más importancia en la explotación industrial de la sociedad.

Industria también dice que no

Por su parte, el Ministerio de Industria resolvió igualmente el 25 de diciembre pasado que la resolución dictada en el pasado mes de mayo por la Comisaría de Energía. en el sentido de que Hidro Nitro es una empresa de servicio público. es nula.

La Comisaría de Energía y Recursos Minerales no se limitó a emitir un informe, sino que dictó una resolución en la que se señalaba que Hidro Nitro es una empresa de servicio público y que, en consecuencia, la participación extranjera no podía exceder del 25%.

Contra esta resolución, Pechiney presentó una serie de recursos ante el Ministerio de Industria y el ministro, Rodríguez Sahagún, suspendió en el mes de julio los efectos de la resolución sin anularla.

Ahora, el Ministerio ha anulado expresamente la resolución dictada por la Comisaría de Energía, por ser un órgano incompetente que prescindió del procedimiento administrativo, al transformar en una resolución lo que realmente debería haber sido un informe interno sin mayor competencia.

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