_
_
_
_

La Administración considera excesivas las pretensiones alcistas de los constructores

En medios de la Administración ha causado bastante malestar y sorpresa la actitud adoptada por las empresas de la construcción a propósito de la polémica desatada sobre la revisión de los índices de precios en los contratos del Estado, según manifestaron ayer a EL PAIS fuentes solventes.Según estas fuentes, se espera para la semana próxima la publicación del índice correspondiente a los trimestres segundo y tercero de este año; aunque se desconoce la cuantía del aumento, parece que oscilará alrededor del 9 %, porcentaje inferior al esperado por los constructores. El retraso en su publicación estaría motivado por la sugerencia de éstos de incluir algunos nuevos convenios firmados últimamente.

La polémica desatada entre constructores y Administración radica en la diferente valoración realizada por unos y por otros sobre la incidencia de los costes en el índice que elabora una comisión especializada. Estos índices contemplan diversos capítulos integrantes de los costes de las empresas, el más importante de los; cuales es el de la mano de obra, que hasta ahora venía representando el 31 % de los costes totales; otros capítulos del coste son la energía (19 %), el cemento (12%), el acero (18 %) y otros de menor cuantía.

Las empresas de la construcción vienen argumentando desde hace algún tiempo que los índices elaborados por la Administración no reflejan con exactitud sus incrementos de costes y que las revisiones que el Estado realiza de este índice no corresponden a la realidad, quedando por debajo de la misma; siempre según sus argumentos, esta falta de realismo del índice da origen a numerosos concursos de obras del Estado que quedan desiertos, ya que las empresas no se consideran suficientemente remuneradas por las condiciones de dichos concursos.

Por parte de la Administración se ha producido en las últimas semanas un giro importante en la cuestión, ya que la comisión que elabora el índice ha puesto de relieve mayoritariamente el criterio de que los costes salariales que se manejan están demasiado inflados. Según fuentes de la Administración, el cálculo de los aumentos de costes de la mano de obra en el sector de la construcción se venía manejando en base al salario de los peones, ya que para cada grupo que integra el coste total de la construcción (salarios, materiales, etcétera) se había tomado un punto de referencia o testigo. En el caso de los costes salariales, el testigo que se venía utilizando última mente era el sueldo del peón, que hace años representaba hasta el 60 % de los costes salariales de las empresas, pero que en estos momentos no supone más allá de un 18 %, según evaluaciones realiza das por el Instituto Nacional de Estadística.

El hecho de tomar como punto de referencia el sueldo del peón, que en estos últimos años ha experimentado incrementos salariales muy importantes, al haberse beneficiado de los aumentos lineales de los salarios, deforma en buena medida el coste total de las empresas constructoras, ofreciendo unos aumentos que no corresponden -según las fuentes informantes- al aumento real de la masa salarial. En consecuencia, el criterio que ha defendido la Administración en las últimas conversaciones en las que se trabaja para reformar el índice actual ha sido el de considerar globalmente la masa salarial, que de acuerdo con los pactos de la Moncloa no puede aumentar en más de un 22 % durante este año.

Algunos representantes del sector señalan a este respecto que hay empresas constructoras -cuyos nombres se han negado a revelar- que han pactado aumentos superiores al establecido en los pactos, aunque, por otra parte, las estadísticas de salarios elaboradas por los propios empresarios del sector contradicen esta opinión.

Otro de los puntos en litigio es el relativo a la obligatoriedad de los pactos para las empresas privadas. Las empresas constructoras argumentan, en algunos casos, que el decreto de limitación de los aumentos salariales no es obligatorio para ellas, aunque en medios de la Administración se señala que las empresas que tienen contratos con el Estado no pueden repercutir en éste sus alzas salariales por encima de lo establecido por la política económica oficial, ya que al final los aumentos salariales excesivos corren a costa de los contribuyentes.

Tu suscripción se está usando en otro dispositivo

¿Quieres añadir otro usuario a tu suscripción?

Si continúas leyendo en este dispositivo, no se podrá leer en el otro.

¿Por qué estás viendo esto?

Flecha

Tu suscripción se está usando en otro dispositivo y solo puedes acceder a EL PAÍS desde un dispositivo a la vez.

Si quieres compartir tu cuenta, cambia tu suscripción a la modalidad Premium, así podrás añadir otro usuario. Cada uno accederá con su propia cuenta de email, lo que os permitirá personalizar vuestra experiencia en EL PAÍS.

En el caso de no saber quién está usando tu cuenta, te recomendamos cambiar tu contraseña aquí.

Si decides continuar compartiendo tu cuenta, este mensaje se mostrará en tu dispositivo y en el de la otra persona que está usando tu cuenta de forma indefinida, afectando a tu experiencia de lectura. Puedes consultar aquí los términos y condiciones de la suscripción digital.

Archivado En

Recomendaciones EL PAÍS
Recomendaciones EL PAÍS
Recomendaciones EL PAÍS
_
_