La negociación colectiva
LA REMODELACION del sistema de relaciones industriales ha sido, pese a su evidente importancia para el buen funcionamiento de una sociedad pluralista, uno de los sectores más descuidados por la reforma política. El desmantelamiento jurídico del llamado sindicalismo vertical -una simple rama de la Administración pública calcada sobre los modelos corporativos de los fascismos de entreguerras- y la legalización de las centrales sindicales cubrieron tan sólo las etapas iniciales de un largo proceso en el que se debería haber avanzado a un ritmo rápido. La indecisión gubernamental, el pasado otoño, para convocar y reglamentar las elecciones sindicales en las empresas probablemente debida a sus vacilaciones a la hora de escoger entre una normativa favorable a CCOO y otra beneficiosa para UGT, tuvo como efectos negativos el retraso en la realización de las elecciones, su no celebración en numerosos centros de trabajo y una notable confusión en el registro de los resultados globales y en la asignación de los candidatos triunfantes a las diferentes centrales. La sospecha de que esa demora obedecía también al deseo del Gobierno de ganar tiempo para poner en marcha una central sindical ligada a UCD -corno CCOO lo está con el PCE y UGT con el PSOE- no fue confirmada por los hechos. La denuncia formulada ahora por el señor Guerra sobre las presuntas conexiones entre el Gobierno, USO y fuentes de financiación norteamericanas ha reabierto espectacularmente, sin embargo, aquel contencioso. El enérgico desmentido de USO sitúa ahora al dirigente socialista ante el compromiso de hacer plausibles sus afirmaciones y de dejar a salvo su responsabilidad y seriedad como informador.
La devolución de los bienes confiscados a las centrales históricas después de la guerra civil y la reglamentación del usufructo del patrimonio sindical se hallan congeladas, seguramente porque el Gobierno desea utilizar estas dos bazas como contrapartidas en futuras negociaciones. El proyecto de ley de acción sindical se halla igualmente hibernado. Las desventuras de esa norma, que no fue previamente negociada con las centrales y los partidos en la ponencia y en la Comisión del Congreso aconsejarían la devolución del texto al Gobierno y el reinicio desde cero de los trabajos. La carga emocional y la demagogia que acompañaron a los debates hacen presumible que el proyecto aprobado por la Comisión, donde la mayoría formada por UCD.y AP rectificó el dictamen de la ponencia -favorable a las tesis de las centrales- y recogió de nuevo el texto del Gobierno, origine en el Pleno del Congreso una dialéctica crispada y un gran malestar en las fábricas. Un conjunto de cuestiones tan delicadas e importantes como las que recoge la ley de Acción Sindical exige negociaciones sensatas y discusiones serenas.
Es de esperar que el proyecto de ley de negociación colectiva que el Gobierno ha enviado al Parlamento, tenga mejor fortuna y un trámite más rápido. En vísperas de la renovación, a lo largo del otoño, de convenios colectivos que afectan a cerca de dos millones de trabajadores sería un desatino no porporcionar un cauce jurídico apropiado a unas negociaciones en sí mismas complicadas y vidriosas. Aunque las centrales han expuesto ya sus críticas a determinados aspectos del texto, parece que el proyecto gubernamental recoge parte de sus propuestas y sugerencias de forma tal que, aunque no pueda hablarse todavía de consenso, existen bases suficientes para una convergencia razonable en los debates parlamentarios. Las atribuciones asignadas a las centrales sindicales en la negociación colectiva y la considerable reducción del papel intervencionista del Estado constituyen aspectos positivos,del proyecto; las probables críticas de los nostálgicos del verticalismo contra el «liberalismo man chesteriano» de un sistema que descarga en las empresas y en los sindicatos el peso entero de su funcionamiento sólo encontrarían campo abonado en la opinión si esos nego ciadores autónomos carecieran de la madurez y el sentido de la responsabilidad que un sistema democrático de relaciones industriales implica. Las reticencias de las centrales minoritarias hacia los porcentajes exigidos para alcanzar el derecho a la representación pierden fuerza ante la posibilidad de establecer coaliciones entre síndi catos.
Lo importante es que el Parlamento acabe cuanto antes, con la oscuridad y la inseguridad jurídicas actuales y promulgue rápidamente una normativa mínima que haga posible el libre juego entre las partes negociadoras. Por lo demás, la ley significaría también una considerable potenciación de las centrales sindicales, pieza básica para el sistema de relaciones industriales que una economía eficiente y una sociedad democrática precisan. Finalmente, la derogación de las reglamentaciones de trabajo y las ordenanzas laborales, prevista en una disposición adicional, borrará esa última huella de un régimen corporativo que. disfrazaba de paternalismo protector su intervencionismo perturbador, ineficaz e interesado.
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