Régimen especial de la Seguridad Social para las Fuerzas Armadas
La aprobación del reglamento del Instituto Social de las Fuerzas Armadas (Isfas) en el último Consejo de Ministros implica que comience a aplicarse la ley de julio de 1975 que establece el régimen especial de la Seguridad Social en dicho Instituto, se anuncia en un comunicado distribuido por el Ministerio del Ejército.Los guardias civiles y la Policía Armada recibirán hasta que finalice el año 1978 la asistencia sanitaria de la Seguridad Social de acuerdo con el convenio suscrito el 2 de febrero de 1977 entre la Subsecretaría de Orden Público y el INP, pero a partir del 1 de enero del próximo año, la asistencia sanitaria será prestada por sociedades militares y por entidades de seguros libres concertadas con el Isfas.
La integración en el Isfas de la Guardia Civil y de la Policía Armada representa, asimismo, la solución definitiva tanto en la asistencia sanitaria como en otras prestaciones económicas y sociales de los miembros de dichos cuerpos que están retirados y de sus familiares.
«Se confía -dice la nota oficial- en que, salvadas las dificultades que puedan presentar en su primera época de funcionamiento, y contando con el apoyo y la comprensión por parte de los beneficiarios, así como con la colaboración de los médicos militares y civiles y del personal ATS, todos se sentirán satisfechos de la solidaridad y contribución económica de sus componentes y de que el Estado les resuelva problemas que por infortunio, enfermedad o vejez puedan presentárseles a lo largo de su vida.»
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