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Dictaminado el proyecto de protección a los derechos de la persona

La Comisión de Justicia del Congreso dictaminó ayer el proyecto de ley de protección jurisdiccional a los derechos de la persona, cuyo artículo primero, aprobado por unanimidad, establece que esta ley incluye las libertades de expresión, reunión, asociación, -secreto de la correspondencia, libertad religiosa y de residencia, garantía de inviolabilidad del domicilio, protección frente a detenciones ilegales y, en general, frente a las sanciones impuestas en materia de orden público.Los delitos y faltas contra los derechos fundamentales de la persona serán enjuiciados por los juzgados y tribunales de la jurisdicción ordinaria. Para el enjuiciamiento de delitos cometidos a través de la imprenta, del grabado u otros me dios mecánicos de publicación, se seguirán los trámites señalados en la ley de Enjuiciamiento Criminal, y los jueces podrán acordar el secuestro de la publicación o prohibición de difundir o proyectar el medio a través del cual se produjo la actividad delictiva. Cuando los delitos citados. anteriormente sean de calumnia o injuria, tipificados en el Código Pena¡, bastará con la denuncia de la persona agraviada o, en su caso, de su representante legal, sin necesidad de acto de conciliación. El perdón del ofendido o de su representante legal extingue la acción legal o la pena impuesta.

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