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Debate constitucional en el Senado

Aceptada la institución del jurado en los tribunales de justicia

La institución del jurado, como fórmula de participación de los ciudadanos en la administración de justicia, fue introducida ayer en la Constitución por los votos de Unión de Centro Democrático, aunque limitada en la forma y a aquellos procesos que la ley determine. El partido del Gobierno asumió casi íntegramente una enmienda presentada en este sentido por el senador Antonio Pedrol, presidente del Consejo General de la Abogacía, aunque la motivación de su apoyo a la misma fue cortar el paso a otra del Grupo Socialista del Senado, en la que, además de la institución del jurado, se preveía la incorporación a los tribunales en cuestiones de trascendencia general o relevancia pública de titulados de las especialidades requeridas, con voz y voto en la formación de la sentencia.El senador señor AnguIo, que defendió en nombre de su grupo la asunción por parte de UCD de la enmienda del señor Pedrol, calificó a la incorporación de ciudadanos a los tribunales propuesta por los socialistas de «tribunales populares» y manifestó que para impedir que alguna vez aparezcan en España era mejor concretar ahora en la institución del jurado la fórmula de participación de los ciudadanos en la administración de justicia. Un senador real comentó a EL PAIS que el voto de UCD podía ser calificado como «el voto del miedo».

En lo que se refiere a la designación de los miembros del Consejo General del Poder Judicial se aprobó una enmienda presentada por el senador Iglesias Corral, de UCD, con los votos de la mayoría de los grupos parlamentarios, por la que el Senado también participará en la elección de los ocho miembros elegidos entre abogados y otros juristas de reconocida competencia. Según el texto aprobado, el Congreso de Diputados elegirá a cuatro de éstos y el Senado a otros cuatro. Sin embargo, no prosperaron ninguna de las enmiendas que propugnaban una mayor precisión en el texto constitucional de las garantías que deben reforzar la independencia profesional de los miembros del ministerio fiscal y las que insistían en el reconocimiento del derecho de afiliación política A jueces y magistrados, aunque sin llegar a cargos directivos.

Anteriormente, en el artículo 111, no había prosperado la enmienda defendida por Lorenzo Martín-Retortillo (PSI) -con el apoyo del señor Xirinacs y los socialistas-, encaminada a suprimir todos los tribunales de honor, por entender que dejar subsistentes los de carácter militar supone una discriminación respecto a los dignos componentes de las Fuerzas Armadas, en cuyo seno también es preciso que las sanciones no queden al arbitrio de los compañeros y se legalicen a través de la potestad disciplinaria. La enmienda fue derrotada con trece votos en contra (UCD, Grupo Independiente y Mixto), diez a favor (Socialistas, Senadores Vascos, Entesa y PSI) y la abstención de la Agrupación Independiente.

El texto aprobado -con el voto favorable de UCID y PSOE- se limita a decir que «se prohíben los tribunales de honor en el ámbito de la administración civil y de las organizaciones profesionales».

Tampoco prosperó otra enmienda del PSI, contraria a que las sentencias y resoluciones judiciales puedan obligar a quien no haya sido oído en el proceso.

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