"El proyecto constitucional no garantiza los derechos de la mujer"
Que la Constitución recoja y garantice los derechos de la mujer ha sido uno de los principales objetivos de la lucha feminista en los últimos tiempos. La importancia de este objetivo es evidente. Los principios de igualdad y no discriminación sexual que se formulen en la Constitución serán el punto de partida de la reforma legislativa que se impone en casi todos los campos del Derecho a fin de superar las concepciones decimonónicas, ya caducas, que relegan a la mujer a una posición vicaria en la sociedad.
En realidad, el alcance de la cuestión trasciende el ámbito de intereses feministas y afecta a todos los españoles. Para que la Constitución no nazca con vocación de fracaso es necesario que ofrezca el marco adecuado -lo bastante amplio y, a la vez, lo suficientemente delimitado- para dar una solución al problema de la mujer que representa, al fin y al cabo, el problema de más de la mitad de la población. Pero cuando se parte de una situación de opresión y sometimiento prolongada a lo largo de muchos años -quizá sería mejor decir muchos siglos- no basta declarar la igualdad de los sexos sobre el papel.
Si se tiene en cuenta este factor y las actitudes machistas y paternalistas ante la mujer, todavía muy arraigadas en nuestra sociedad, es imprescindible definir cómo se van a traducir los derechos reconocidos en los diferentes aspectos de la vida privada y social. Asimismo, conviene, articular las disposiciones que protejan su ejercicio.
En este sentido, se puede decir que la Constitución democrática y progresiva que el país necesita debe ser una Constitución feminista.
Un proyecto antifeminista
Del proyecto de Constitución que se debatirá próximamente en el Senado, no puede decirse que ofrezca esta característica. Por el contrario, aunque recoge algunas de las exigencias planteadas por las organizaciones feministas -despenalización de anticonceptivos, posibilidad de divorcio, etcétera-, su contenido denota un marcado carácter antifeminista que interesa resaltar.
La discriminación que sufre la mujer en el orden sucesorio a la Corona es un punto significativo que revela el matiz antifeminista del proyecto, matiz que, por otra parte, es consecuencia lógica de haber sido pensado y elaborado casi exclusivamente por hombres.
Cristina Alberdi, que ya trató esta cuestión en un artículo publicado en este periódico, comenta que «una Monarquía moderna, como la española, en el seno de la que se está, forjando la democracia debería superar la discriminación de la mujer en el derecho sucesorio. En Suecia se ha abolido recientemente el principio constitucional que también establecía esa discriminación. Sería interesante conocer las argumentaciones que se han esgrimido para conseguir la derogación. En todo caso, el asunto tiene una importancia simbólica que no cabe ignorar, seamos o no partidarios de la Monarquía».
«El proyecto de Constitución -dice Cristina Alberdi- es antifeminista y contradictorio. La igualdad sin discriminación por parte de sexo que se establece en el artículo 13 no se respeta en otros artículos. Queda abierta la posibilidad de divorcio, de planificación familiar, etcétera, pero otros aspectos concernientes a la familia o a la educación se mantienen como siempre.»
Las feministas ante la Constitución
«Los grupos parlamentarios -agrega- no han prestado mucha atención a las reivindicaciones feministas. Por ejemplo, se ha ignorado totalmente una sugerencia que se propuso sobre la creación de un sistema de control de los medios de comunicación con el fin de proteger a las minorías discriminadas, y particularmente a la mujer, de la agresión constante que representan los mensajes publicitarios.» Las diferentes organizaciones feministas han mostrado, en general, similar interés en el proceso de elaboración del proyecto constitucional. Los grupos que integran la «plataforma» de Madrid, la Asociación Democrática de la Mujer, las asociaciones de amas de casa, etcétera, han lanzado campañas y organizado manifestaciones de cara a la opinión pública para que sus reivindicaciones sean tenidas en cuenta. Los derechos de la mujer a disponer de su cuerpo y planificar su maternidad, al divorcio, al trabajo, a una educación no sexista, deben quedar claramente especificados en la Constitución.
Las feministas también han formulado sus exigencias por vía parlamentaría, mediante una serie de escritos dirigidos a los miembros del Senado y de las comisiones de trabajo del Congreso.
El conjunto de propuestas de modificación al proyecto de Constitución que presentó a principios de esta semana la Federación de Organizaciones Feministas es el último de estos escritos al que se ha dado curso.
En él, la federación muestra su disconformidad con un proyecto «que en absoluto se detiene a contemplar y regular derechos fundamentales de la vida social, familiar y personal».
En concreto, la federación señala estos derechos: el derecho a decidir libremente los hijos que se deseen tener, a cuyo fin la persona tiene derecho a acceder a la información necesaria y a los medios que permitan su ejercicio; el derecho a que el matrimonio pueda disolverse por mutuo acuerdo o a petición de cualquiera de los cónyuges, si concurre justa causa y en la forma que establezca la ley de divorcio; el derecho a recibir una educación igualitaria y no discriminatoria por razón de sexo en todos los niveles de la enseñanza, y el derecho a investigar la paternidad.
Propuestas de modificación de dos artículos
La federación denuncia, asimismo, que algunos artículos referidos a la vida individual o social de las personas restringen, e incluso violan, el principio democrático de igualdad y no discriminación por razón de sexo que recoge el artículo 13. El artículo 31, relativo a la institución matrimonial y familiar, es uno de ellos. Según la federación, dicho artículo «no garantiza la igualdad de los cónyuges en el seno de la familia y del matrimonio. Al no declararse el principio de igualdad en las relaciones familiares y remitirse, en todo caso, al Derecho Civil, no varía la situación de discriminación hoy existente».
En consecuencia, se propone la modificación completa del artículo de acuerdo con el enunciado del Grupo parlamentario Socialista en el que se señala el derecho de toda persona a decidir el número de hijos que desea tener, la igualdad de derechos y obligaciones entre los cónyuges y la posibilidad de divorcio por disenso mutuo o a petición de una de las partes.
También el artículo 35 supone una transgresión al principio de igualdad en lo que respecta a los hijos. Aunque por una parte declara la igualdad de los niños ante la ley, los discrimina por razón de nacimiento.
En lo que respecta a este artículo, la federación propone introducir dos apartados en los que se señala, respectivamente, la desaparición de las diversas filiaciones que hoy existen y el que la patria potestad, «entendida como tutela y cuidado de los hijos y no como poder arbitrario sobre ellos, será compartida por ambos cónyuges».
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